Los procesos de incorporación y recaudación del IMSS han simplificado el tiempo que las empresas invierten en realizar trámites relacionados con su afiliación y el pago de sus contribuciones, lo que ha traído efectos positivos en la formalización del empleo y en el entero de cuotas obrero-patronales.
Según el Informe al Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión 2018-2019 sobre la situación financiera y los riesgos del IMSS, en 2018 una de las digitalizaciones que destaca, es que en mayo de 2018 se implementó la presentación en línea del escrito patronal de desacuerdo en contra de resoluciones de clasificación de empresas y determinación de la prima en el SRT
Llama la atención que en diversas subdelegaciones del IMSS desconocen ese trámite, y el personal señala que tal gestión es de forma presencial.
No obstante, por medio del servicio telefónico (01 800 623 2323) del Instituto, el personal informa que el escrito de desacuerdo en línea sí se puede llevar a cabo, a través del Escritorio Virtual, pero solo cuando el Seguro Social notifique un cambio o resolución en la prima del SRT.
Por ello, si algún patrón se ubica en este supuesto, y le interesa interponer un escrito de desacuerdo en línea, es necesario que envíe un correo a la cuenta atn.contribuyente@imss.gob.mx; para efectos de que el Instituto se ponga en contacto y le indique el procedimiento a seguir.
El e-mail debe contener los siguientes datos:
- nombre del patrón y/o representante legal
- registro patronal
- razón social
- RFC de la persona moral
- Clave Única de Registro de Población (CURP) del patrón o representante legal
- Internet Explorer que se utiliza y la versión
- Java instalado en el equipo
- trámite que se desea realizar en Escritorio Virtual (escrito de desacuerdo), y
- pantalla de la obtención de número de serie de la firma electrónica el cual se puede consultar en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx
Además, debe anexase al correo (mediante escáner):
- cédula fiscal de la empresa y el representante legal o patrón
- la primera y última hoja del poder notarial, y
- identificación oficial del patrón o representante legal
Es importante señalar que el trámite en cuestión solo se lleva a cabo presencialmente y no en línea; además, a la fecha el Consejo Técnico del Seguro Social no ha pronunciado nada contrario a esto.