Remita su aviso de dictamen ante el IMSS e Infonavit

Los patrones que cuenten con un promedio anual de 300 o más subordinados en el ejercicio fiscal inmediato anterior, están obligados a dictaminar el cumplimiento de sus deberes

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 .  (Foto: iStock)

El dictamen es un documento elaborado por un contador público autorizado —CPA— que consigna su opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad social. Para presentarlo es indispensable informar la intención patronal al IMSS. A continuación, se detallan los puntos esenciales a considerar para tal efecto.

Los patrones que cuenten con un promedio anual de 300 o más subordinados en el ejercicio fiscal inmediato anterior, están obligados a dictaminar el cumplimiento de sus deberes ante el Seguro Social por CPA, quienes no se encuentren en este supuesto pueden optar por dictaminar sus cargas voluntariamente (arts. 16, LSS y 152, Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización —RACERF—).

Es decir, las empresas deben considerar a los colaboradores que les prestaron sus servicios en el 2020 y de ese modo obtener el promedio anual mencionado y de ser procedente presentar al Instituto a más tardar el 3 de mayo de 2021, el aviso de dictamen correspondiente a través del Sistema de Dictamen Electrónico SIDEIMSS—; en caso contrario, no podrán presentar su dictamen y serán susceptibles a la imposición de una multa equivalente de 20 a 350 veces la UMA; esto es, de 1,792.40 a 31,367.00 pesos (arts. 3o., último párrafo; 156, RACERF y regla tercera, anexo único del acuerdo ACDO.SA2.HCT.280617/149.P.DIR).

Para comunicar el aviso, las compañías deben contactar a un CPA con registro vigente para ponerse de acuerdo con él y enviar el aviso de dictamen; esto conlleva a que el CPA ingrese al SIDEIMSS y llene los datos requeridos en el apartado Aviso de dictamen y adjunte el archivo de registros patronales a evaluar y signe el aviso con su e.firma para que después, el patrón dentro de SIDEIMSS, en el apartado Presentación del aviso y dictamen, seleccione el aviso correspondiente y avale el acto con su firma.

Finalmente, para efectos de Infonavit, la dictaminación no es una obligación por lo que es voluntaria. Además dicho organismo dio a conocer en el comunicado CGRF/2021/169 del 25 de enero del presente año que la presentación del aviso de dictaminación se prórroga un mes; por ende, los empleadores tienen hasta el 31 de mayo de 2021 para enviarlo (art. 59, Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit).