Apoyo a becario, ¿implica otorgarle seguridad social?

Conoce si la relación entre los becarios y la empresa es o no de carácter laboral

Implementaremos un programa para becarios en la empresa para que realicen sus prácticas profesionales o servicio social. Para ello, les concederemos una ayuda monetaria y queremos saber si eso implicaría una consecuencia ante el IMSS. Qué nos pueden decir sobre el particular


La relación que va a existir entre los becarios y la empresa no es de carácter laboral, pues aunque estos van a recibir un apoyo económico, realmente no van a prestar un servicio subordinado, pues estarán en su centro de labores aprendiendo o cumpliendo con un requisito legal (servicio social), por lo que no se configura una relación de trabajo, y por ende, no son sujetos de aseguramiento ante el IMSS.

Por ello, es importante que ustedes tengan los documentos necesarios para acreditarle al IMSS que los estudiantes no son trabajadores, tales como:

  • carta de intención donde se manifieste la disponibilidad del patrón de recibir en su centro de labores a alumnos que quieran poner en práctica sus conocimientos o realicen su servicio social y la de la autoridad del centro de estudios que quiera adherirse a esa facilidad
  • convenio para el desarrollo de las prácticas profesionales celebrado entre los representantes del centro educativo y de la empresa en donde se precisen, entre otras cosas: el periodo de duración de las prácticas o servicio social y las condiciones en que se llevarán a cabo (compromisos que adquieren los estudiantes y empresarios), y la duración del convenio, y
  • cartas de presentación donde se identifique plenamente al colegial que realizará las prácticas o servicio social, y de aceptación del representante legal de la empresa o el patrón en donde se desarrollará el becario

Además, las actividades realizadas por el becario deben ser acordes con sus estudios y por lo que respecta a la ayuda económica, se debe señalar que esta es con el propósito de que aquel pueda cubrir parte de sus gastos para transporte, comida o útiles escolares.

Asimismo, conforme a la tesis de nombre: INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD. LA RELACIÓN QUE ESTABLECE CON SUS BECARIOS NO ES DE NATURALEZA LABORAL AL NO EXISTIR EL ELEMENTO ESENCIAL DE SUBORDINACIÓN, AUN CUANDO ÉSTOS OBEDEZCAN ÓRDENES, PERCIBAN UNA CANTIDAD LÍQUIDA POR SUS SERVICIOS Y CUMPLAN CON UN HORARIO, localizable en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XVI, Tomo 3, p. 2073, Materia Laboral, Tesis I.6o.T.38 L (10a.), Tesis aislada, Registro 2´002,547, de enero de 2013, la relación de los becarios que lleven a cabo actividades para una empresa, no tiene las características de un vínculo laboral, porque aun cuando están sujetos a un horario, perciben mensualmente una cantidad líquida y realizan las actividades que les son encomendadas, debiendo elaborar un reporte de estas, ello lo efectúan conforme a las políticas de operación de la corporación, siempre que el alumno presente una solicitud en la que manifieste su interés en participar en el programa y, cumplidos los requisitos necesarios, son aceptados, con lo que se obligan a realizar las tareas que les son encomendadas.