Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), se entiende por discapacidad toda restricción o ausencia (debido a una deficiencia) de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para un ser humano.
Todo discapacitado tiene derecho a dedicarse a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos, además debe tener una protección especial para poder acceder a este, ya que en la práctica suelen ser discriminados por su condición física (arts. 1o. y 5o., primer párrafo, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos).
Una forma de garantizar el empleo a estas personas, es lo dispuesto por el artículo 186 primer y segundo párrafos de la LISR, el cual prevé un estímulo fiscal a los patrones que contraten a quienes tengan una discapacidad: motriz, que para superarla requieran usar permanentemente prótesis, muletas o sillas de ruedas; mental; auditiva o de lenguaje, en un 80 % o más de la capacidad normal, o visual (invidentes).
Conozca más cobre el estímulo por contratar personas con discapacidad
El beneficio consiste en poder deducir de los ingresos acumulables del empleador para los efectos del ISR por el ejercicio fiscal correspondiente, un monto equivalente al 25 % del salario efectivamente pagado a este personal.
Para ello, los empleadores deberán:
- obtener el certificado de discapacidad expedido por el IMSS, correspondiente a los subordinados con discapacidad
- retener y enterar el ISR que resulte a cargo de estos trabajadores, y
- cumplir con las cargas previstas en el dispositivo 15 de la LSS: aseguramiento al Régimen Obligatorio del Seguro Social (ROSS), la determinación y entero de las cuotas-obrero-patronales, modificación de los salarios base de cotización (SBC) de los afiliados, entre otros
Por lo anterior, a continuación se detalla cuál es el proceso a seguir para obtener el certificado en comento ante el Seguro Social.
El interesado debe ser contratado por el empresario y posteriormente solicitar una cita en el área de Salud en el Trabajo de la Unidad de Medicina Familiar (UMF), a la que está adscrito, para requerir el certificado respectivo, presentando:
- identificación oficial con fotografía (original)
- Solicitud de Certificado de Discapacidad debidamente llenada por el empleador (original)
- formato AFIL-02, Aviso de Inscripción del Trabajador o cédula de autodeterminación del pago de cuotas obrero-patronales del Sistema Único de Autodeterminación —SUA— o la Emisión Mensual Anticipada —EMA— (copia), y
- cartilla de citas médicas (original)
Aquí puede descargar la solicitud de certificado de discapacidad
El asegurado será valorado por un médico de Salud en el Trabajo, y de acuerdo con el resultado de su evaluación se le expedirá el oficio de certificado de reconocimiento y calificación de discapacidad para que pase por él en un lapso de hasta 30 días hábiles, este documento contará con una vigencia de un año.
Este certificado emitido por el IMSS debe entregarse al patrón o al representante legal para que este pueda aplicar el beneficio del numeral 186 de la LISR.
Finalmente, se precisa que para renovar el certificado, se tendrá que hacer nuevamente el proceso descrito ante la UMF.