El Seguro Social dio a conocer un acuerdo que contiene las disposiciones transitorias aplicables a las Reglas de carácter general para la obtención de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, publicadas en el DOF el 22 de septiembre de 2022.
En el anexo único de dicho acuerdo se aprobó lo siguiente:
- la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social será válida durante el plazo de 15 días naturales que el contribuyente tiene para la formalización de las contrataciones con un ente público, referidas en el artículo 32-D del CFF, y
- el particular debe acreditar ante la autoridad contratante que la opinión de cumplimiento fue emitida dentro de los 15 días naturales que tiene para la firma del contrato correspondiente
El acuerdo y su anexo entra en vigor el 5 de mayo de 2023.