Trabajadores digitales ya pueden incorporarse al ROSS del
IMSS

Ya están listas las reglas para la incorporación al Seguro Social de estos empleados, conoce los detalles
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) publicó en el Diario Oficial de la Federación del 24 de junio de 2025 las Reglas de carácter general de la prueba piloto para la incorporación de las personas trabajadoras de plataformas digitales al Régimen Obligatorio del Seguro Social (Reglas), cuya vigencia iniciará el 1o. de julio de 2025. A continuación, se destacan los puntos más relevantes.
Las plataformas digitales pueden optar por cumplir conforme a lo previsto en el precepto 12, fracción I de la Ley del Seguro Social (LSS) o apegarse a las siguientes Reglas:
darse de alta ante el Seguro Social como empresa de plataforma digital
inscribir en el Régimen Obligatorio del Seguro Social (ROSS) a quienes generen ingresos iguales o superiores a un salario mínimo general diario de la Ciudad de México (CDMX)
ajustar el salario base de cotización (SBC) dentro de los primeros cinco días naturales del mes inmediato posterior al del aseguramiento
determinar, retener y enterar las cuotas obrero-patronales, y
habilitar el Buzón IMSS
En lo que toca a riesgos de trabajo, las plataformas digitales deben reportar estos eventos al IMSS y revisar anualmente su siniestralidad.
El subsidio de las incapacidades por riesgos se calcularán conforme al SBC vigente; si este cambia, deberá recertificarse el monto.
Las plataformas se clasificarán en la División siete, fracciones 711 y 755, Clase IV para efectos del Seguro de Riesgos de Trabajo. Si realizan otra actividad, deberán autoclasificarse conforme al artículo 196 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF)
el SBC se obtendrá de dividir el ingreso neto mensual del trabajador de plataformas digitales entre los días del mes, y
las cuotas se determinan conforme a lo previsto en la LSS y sus reglamentos
El IMSS y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) podrán intercambiar información y realizar verificaciones conjuntas para vigilar el cumplimiento de lo previsto en la Ley Federal del Trabajo, LSS y las Reglas
Todo lo no previsto en las Reglas se regirá conforme a la LSS y al RACERF. La Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social será la encargada de emitir la interpretación administrativa de estas disposiciones.