IMSS modifica reglas para la opinión de cumplimiento

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El Instituto oficialmente difunde el único medio para obtener la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 6 de octubre de 2025, el acuerdo ACDO.AS2.HCT.300925/288.P.DIR, por el que se aprobó la modificación a la regla quinta y disposiciones transitorias de las Reglas de carácter general para la obtención de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, vigentes desde el 22 de septiembre de 2022 (Reglas).
De ahí que, desde el 1o. de octubre de 2025 los patrones solo pueden obtener su opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social en el Buzón IMSS, siguiendo estos pasos:
ingresar a la página web del Instituto www.imss.gob.mx/buzonimss, y autenticarse con su e.firma
en el menú, seleccionar la opción Cobranza y luego 32D Consultar Mi Opinión, y
finalmente, dar clic en el icono Consultar Mi Opinión del Cumplimiento para descargar la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales del IMSS (en formato PDF)
Este cambio confirma lo que personal del Instituto adelantó en distintos webinars, respecto a que la opinión de cumplimiento dejaría de obtenerse mediante el Escritorio Virtual, para transitar al Buzón IMSS. Por ende, la publicación brinda certeza jurídica a los empleadores, al quedar establecido oficialmente en el DOF la forma para tramitar dicho documento.
La opinión de cumplimiento del IMSS será válida durante el plazo de 15 días hábiles, salvo en los casos siguientes:
20 días hábiles, si el contrato viene de un procedimiento de compra consolidado, o
15 días naturales, cuando se trate de contratos de obras públicas y servicios relacionados
Durante estos lapsos, se debe formalizar el contrato correspondiente y presentar ante el ente público contratante la opinión de cumplimiento vigente y válida.
Este cambio es relevante, ya que anteriormente la Opinión de Cumplimiento solo tenía validez el mismo día de su emisión.
Es un documento emitido por el Seguro Social que permite verificar al momento de la consulta la situación fiscal real del titular, señalando si este se encuentra o no al corriente de sus obligaciones ante el Instituto.
La opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social puede generarse en alguno de los siguientes sentidos:
positiva. Cuando el empleador está inscrito ante el Seguro Social y ha cumplido con sus deberes
negativa. Si el patrón no ha acatado sus deberes en materia de seguridad social, y
sin opinión. Cuando no se encuentra suficiente información en los controles del IMSS para determinar el cumplimiento de las cargas ante dicho organismo