Localización: Novena Época. Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXXI, Abril de 2010. Página: 2741 Tesis: XIV.P.A.7 A Tesis Aislada Materia(s): Administrativa
INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES. SI DICHO ORGANISMO DETERMINA UN CRÉDITO FISCAL SÓLO CON BASE EN INFORMACIÓN INTERNA, A ÉL CORRESPONDE DESVIRTUAR LA NEGATIVA LISA Y LLANA DEL PATRÓN RESPECTO DE LA RELACIÓN LABORAL EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL EN QUE ÉSTE DEMANDA LA NULIDAD DE AQUÉL.
Los actos de la autoridad administrativa gozan de la presunción de ser legales hasta en tanto no se demuestre lo contrario, según la regla general que se obtiene de la primera parte del artículo 68 del Código Fiscal de la Federación; sin embargo, si en el juicio contencioso administrativo federal un patrón demanda la nulidad de un crédito fiscal determinado a su cargo por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores con motivo de la omisión en el pago de aportaciones respecto a los trabajadores de una empresa, sólo con base en información interna de dicho organismo, como lo sería un reporte de información obtenido de su centro de cómputo, que forma parte del expediente del patrón, y éste niega lisa y llanamente la relación laboral, a aquél corresponde desvirtuar esa negativa en términos de la segunda parte del mencionado artículo 68.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO CUARTO CIRCUITO.
Amparo directo 311/2009. Inteligencia en el Servicio, S.C. de R.L. 27 de enero de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Gabriel Tzab Campo, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: Juan Carlos Maiza Hau