El Consejo Técnico del Seguro Social aprobó las reglas de operación del esquema de guarderías integradoras, en la que se atienden tanto a niños que no presentan ningún estado de discapacidad o una discapacidad no dependiente, como a los pequeños que tengan discapacidad moderada, que no presenten enfermedades asociadas ni requieran atención médica en la guardería.
Estas instituciones ofrecen cuatro servicios: fomento de la salud, alimentación, pedagogía y administración. Adicionalmente el área de discapacidad brindará actividades de apoyo terapéutico a los niños con discapacidad moderada.
El servicio debe prestarse a los hijos de la mujer trabajadora, el trabajador viudo o divorciado, o a la persona que judicialmente haya obtenido la custodia de los menores, así como a los asegurados que -por resolución judicial- ejerzan la patria potestad y custodia de un menor, condicionados a que estén vigentes sus derechos.
Las personas interesadas en prestar el servicio de guardería bajo este esquema deberán contar con los recursos técnicos, humanos, financieros y administrativos, la infraestructura y condiciones de seguridad necesarias.
El servicio se presta a menores desde los 43 días de nacidos hasta que cumplan cuatro años de edad.
Estas reglas están vigentes a partir de este jueves 20 de marzo.