Cómo se integra el registro patronal

Conoce la forma en la que debes cumplir con esa obligación

Plazos para el pago de las cuotas obrero-patronales
 Plazos para el pago de las cuotas obrero-patronales  (Foto: Redacción)

Todas aquellas personas físicas o morales que tengan contratados trabajadores a su servicio están obligados a obtener un número de registro patronal ante el Seguro Social, de conformidad con los artículos 15, fracción I, de la LSS y 12 del RACERF.

Este deber tiene que satisfacerse, dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquel en el que se inicien la relación laboral.

Mediante este registro, el IMSS identifica individualmente a cada patrón y comprueba el cabal cumplimiento de sus obligaciones en materia de seguridad social respecto de sus trabajadores afiliados, esto es la presentación de sus avisos afiliatorios, la determinación y el entero de sus cuotas obrero-patronales, la entrega de sus constancias de días laborados, etc.

De ahí que resulte interesante conocer que este número es: una clave alfanumérica asignada por el Instituto, la cual es incluida al catálogo de patrones del IMSS, y se encuentra conformado de la siguiente manera:

-
 -  (Foto: Redacción)