¿Cómo se actualiza una pensión?

Revisa cuándo y conforme a qué parámetros se incrementa una pensión otorgada bajo la LSS de 1973

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Por José Juan Ríos Aguilar

Una de las inquietudes de los trabajadores que están por tramitar o recibieron una pensión bajo el amparo de la LSS de 1973, porque cotizaron en el Régimen Obligatorio del Seguro Social antes del 1o. de julio de 1997, es sobre cómo se actualizará el monto de su pensión.

Ante esta incógnita se debe observar el artículo Décimo Primero transitorio del Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la LSS, del 20 de diciembre de 2001, el cual señala que: la cuantía de las pensiones otorgadas bajo la legislación vigente hasta el 30 de junio de 1997 se actualizan anualmente en febrero, conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor correspondiente al año calendario anterior, disposición que está vigente desde el 1o. de febrero de 2002.

Esto se confirma en la tesis aislada de rubro: PENSIONES OTORGADAS POR EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL CON BASE EN LA LEY VIGENTE HASTA EL 30 DE JUNIO DE 1997. PARA RESOLVER SOBRE SU INCREMENTO, LA JUNTA DEBE APLICAR EL ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY QUE RIGE A ESE INSTITUTO, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 20 DE DICIEMBRE DE 2001, AUN CUANDO NO SE OPONGA COMO EXCEPCIÓN, localizable en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, , Registro 2013937, Materia Laboral, Tesis I.13o.T.171 L (10a.), Tesis Aislada, viernes 10 de marzo.

De esta tesis se advierte que la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA), al resolver un conflicto de otorgamiento de pensión, está obligada a observar lo que dispongan las leyes, sin importar si el IMSS se defendió o no, porque tal transitorio es una norma jurídica de orden público, y por ende de acatamiento forzoso.