Con el fin de fomentar entre los colaboradores actividades recreativas, estamos organizando un torneo de futbol. Para ello vamos a proporcionarles uniformes a todos los participantes, pero deseamos saber si el costo de éstos debe integrarse a su salario base de cotización (SBC). ¿Cuál es su comentario sobre el particular?
El artículo 132, fracción XXV de la Ley Federal del Trabajo (LFT) prevé que es obligación de los patrones fomentar entre sus trabajadores actividades culturales y del deporte, así como proporcionarles los equipos y útiles necesarios para su realización.
Por su parte, el artículo 27, primer párrafo de la Ley del Seguro Social (LSS) señala expresamente que el SBC se integra por los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones y cualquier otra cantidad o prestación que los patrones realicen a sus trabajadores a cambio de la prestación de sus servicios, esto es aquéllos que tengan el carácter de retributivos.
Bajo este contexto se infiere que el monto que la empresa pagará por concepto de uniformes, no tiene por qué formar parte del SBC de sus subordinados, en virtud de que su entrega no se realizará como contraprestación de sus servicios, sino del cumplimiento de la obligación patronal laboral referida.