Aportaciones de vivienda ¿disminuirán?

La propuesta del Ejecutivo destaca lo referente a la disminución de las aportaciones de vivienda para aumentar los recursos pensionarios

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 .  (Foto: IDC online)

Como IDC, Asesor Jurídico y Fiscal lo dio a conocer en su momento, el 12 de febrero de 2009, el presidente de la República Mexicana, licenciado Felipe Calderón Hinojosa, presentó a la Cámara de Diputados el proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de las Leyes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Ley del Infonavit) y del Seguro Social (LSS), el cual desde ese día y a la fecha de cierre de esta edición está pendiente de revisión en las Comisiones de Origen.

Entre las modificaciones planteadas en este proyecto, destaca lo referente a la disminución de las aportaciones de vivienda para aumentar los recursos pensionarios, lo cual recientemente ha llamado la atención de diversos sectores de la población como: legisladores, constructores, desarrolladores, analistas y trabajadores.

Por lo anterior, a continuación se describe en qué consisten las reformas a las leyes de seguridad social, en cuanto a la merma de las aportaciones a dicho Instituto.

Se propone reformar la fracción II del artículo 29 de la Ley del Infonavit, para que las aportaciones de vivienda del 5% sobre el salario base de aportación del trabajador, disminuyan de manera gradual año con año, iniciando en 2011, hasta quedar en 1% en 2017. A saber:

Año Disminución Aportaciones de vivienda a pagar por el patrón
2011 1% 4%
2012 1.5% 3.5%
2013 2% 3%
2014 2.5% 2.5%
2015 3% 2% 
2016 3.5% 1.5%
2017 en adelante 4% 1%

Por lo que hace a la LSS, se sugiere adicionar la fracción III bis al numeral 168 a fin de que los patrones paguen una cuota adicional pensionaria a partir del 1o de enero de 2011 y que paulatinamente llegará al 4% del salario base de cotización del trabajador, a saber:

Año Cuota adicional pensionaria a pagar por el patrón
2011 1%
2012 1.5%
2013 2%
2014 2.5%
2015 3% 
2016 3.5%
2017 en adelante 4%

También se plantea la inclusión de los artículos 178 Bis y 178 Ter para establecer que los recursos acumulados y las subsecuentes aportaciones por concepto de cuota pensionaria adicional se puedan emplear para el pago del enganche para adquirir una vivienda o amortizar un crédito hipotecario.

Además el trabajador podrá disponer de hasta del 30% del saldo acumulado por concepto de las cuotas y aportaciones destinadas a la subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez de su cuenta individual administrada por su Administradora de Fondos para el Retiro (Afore), siempre y cuando su salario sea de hasta tres veces el salario mínimo general vigente en el DF y tenga 30 años de edad como máximo.

A decir del director del Infonavit, Víctor Manuel Borrás Setién, estos cambios se traducirán en mayores recursos para los trabajadores que necesitan una vivienda porque podrán emplear los recursos de una pensión que aún está lejana.

Por otra parte algunos analistas opinan que de aprobarse las reformas comentadas el Infonavit contaría con menos recursos para hacer frente a la demanda de vivienda económica de los trabajadores de ingresos bajos.