Una de las novedades de la reforma a la Ley del Seguro Social es la inclusión de un capítulo especial referente a los delitos, de entre los cuales destaca la defraudación a los regímenes del seguro social, regulado por el artículo 307, bajo las siguientes características:
Sujetos | Hipótesis | Pena de acuerdo al monto de lo defraudado |
Patrones o representantes y demás sujetos obligados | Usar engaños o aprovechamiento de errores omitiendo total o parcialmente el pago de cuotas obrero patronales, para obtener un beneficio indebido con perjuicio al Instituto o a los trabajadores |
Cabe señalar que en este supuesto quedarán aquellos patrones que contraten trabajadores bajo otro tipo de relación supuestamente diversa a la laboral, omitiendo el pago de cuotas correspondientes.