Es muy usual y además recomendable que los patrones, previo a la revisión de su siniestralidad anual, soliciten al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) una certificación por registro patronal de los riesgos de trabajo ocurridos a sus trabajadores y terminados durante el ejercicio sujeto a revisión, con el propósito de conciliar la información contenida en su control pormenorizado de riesgos de trabajo con la registrada por el Instituto y así determinar correctamente la prima con la que cotizarán en el Seguro de Riesgos de Trabajo durante todo un año.
Al respecto, conviene comentar que dichas certificaciones, al ser documentos emitidos por una institución gubernamental adquieren la naturaleza de una documental pública, y por tanto hacen prueba plena sobre los hechos asentados en las mismas ante cualquier autoridad y procedimiento judicial, en términos del artículo 202 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la materia de seguridad social, según el artículo 9o, segundo párrafo de la Ley del Seguro Social.