Cuando el extranjero resida en un país con el que México tenga celebrado un tratado para evitar la doble tributación deberá remitirse a este
La consultora fiscal de IDC, Carmen Mendoza, aborda los puntos más relevantes en materia fiscal sobre los tratado para evitar la doble tributación, y resuelve dudas como si ¿se tiene la obligación de realizar un CFDI por los pagos y retenciones que se realicen a los extranjeros?
Cuando el extranjero resida en un país con el que México tenga celebrado un tratado para evitar la doble tributación, deberá remitirse a este para efectos de determinar la retención a efectuársele, o incluso si está liberado de hacerlo conforme a dicho ordenamiento.
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