El artículo 29-A, fracción IV, segundo párrafo del CFF precisa que cuando no se cuente con la clave del RFC, se señalará la clave genérica que establezca el SAT mediante reglas de carácter general, considerándose la operación como celebrada con el público en general.
LEE: CFDI 4.0
Asimismo, la regla 2.7.1.21. de la RMISC 2022 establece que los contribuyentes pueden elaborar un CFDI diario, semanal o mensual en donde consten los importes correspondientes a cada una de las operaciones realizadas con el público en general del periodo al que corresponda y el número de folio o de operación de los comprobantes de operaciones con el público en general que se hubieran emitido, utilizando para ello la clave genérica en el RFC.
Con la nueva versión 4.0 del CFDI se precisan los datos que debe llevar la factura cuando se emitan comprobantes globales.
Estos son los datos que deben cuidar al realizar esta factura:
Datos
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Observaciones
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Periodicidad
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Se anota el periodo que corresponde al CFDI global
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Meses
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Debe anotarse la clave del mes o los meses al que corresponde la información de las operaciones celebradas
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Año
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Debe indicarse el año al que corresponde la información del comprobante global
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Nombre
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Debe anotarse el dato “PUBLICO EN GENERAL”
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Régimen fiscal del receptor
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“616” Sin obligaciones fiscales
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Uso del CFDI
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“S01” Sin efectos fiscales
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Domicilio fiscal
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Debe anotarse el mismo código postal del emisor del receptor |
Como se observa existen diferencias muy marcadas entre las versión 4.00 y la 3.3. del CFDI, razón por la cual es importante que realicen las previsiones necesarias antes que empiece de forma obligatoria la nueva versión el 1o. de enero de 2023.