Soy el contador de una persona física que va a enajenar una casa habitación. Para la determinación de la base gravable se debe contemplar el valor de la venta menos las deducciones autorizadas, sin embargo no se cuenta con los CFDI's por las construcciones y mejoras realizadas. Se pueden considerar dichas deducciones
Sí, el artículo 205 del RLISR prevé que cuando el enajenante no pueda comprobar el costo de las inversiones hechas en construcciones, mejoras y ampliaciones del inmueble, ocupará como costo el valor que se contenga en el aviso de terminación de obra. Cuando dicho aviso precise la proporción del valor de las inversiones hechas en construcciones, mejoras y ampliaciones del inmueble que corresponde al terreno y la que se refiere a la construcción, el contribuyente tomará únicamente como costo, el valor que atañe a la construcción.
Cabe señalar que las autoridades fiscales podrán ordenar, practicar o tomar en cuenta el avalúo de las inversiones por los conceptos mencionados, referidos a la fecha en la que las construcciones, mejoras y ampliaciones del inmueble se hayan terminado.
Un punto a observar es que cuando el valor de avalúo mencionado sea inferior en más de un 10 % de la cantidad que se contenga en el aviso de terminación de obra, se deberá tener en cuenta el monto del avalúo como costo de las inversiones.