Baja en el IMMEX y padrón

La inobservancia de obligaciones fiscales y aduaneras afecta los registros y las autorizaciones del contribuyente

.
 .  (Foto: Cuarto Oscuro)

Los contribuyentes que incurren en la omisión de obligaciones fiscales y aduaneras son sancionados por la autoridades, ya sea con multas, suspensión de autorizaciones, registros, etc.

Así es, a los importadores con IMMEX se les puede cancelar el programa por diversas situaciones, entre ellas, por no acatar los compromisos previstos en el Decreto IMMEX, por ejemplo, no:

  • retornar las mercancías al extranjero
  • tener los bienes importados temporalmente en los domicilios registrados ante el SAT, o
  • contar con la documentación de las operaciones de comercio exterior

La Secretaría de Economía, ya sea de oficio o a petición del SAT, inicia el procedimiento de cancelación en un plazo no mayor a 10 días hábiles, contado a partir del día en que tenga conocimiento de la actualización de la causal.

Asimismo, las IMMEX deben tener cuidado con la observancia de esos compromisos, pues no solo sus operaciones de comercio exterior se verán truncadas ante la imposibilidad de importar temporalmente o continuar con los procesos de manufactura o maquila; sino también para importar cualquier otra mercancía, esto al ser suspendidos del Padrón de Importadores (general, y de sectores específicos).

Lo anterior, porque el SAT también considera esos casos como motivo de suspensión de dichos padrones, cuando lo descubre.