Nuestro país tiene celebrados 12 Tratados de Libre Comercio (TLC´s) con más de 40 países de todo el mundo, y nueve Acuerdos de alcance limitado al amparo de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), mediante los cuales se otorgan recíprocamente beneficios arancelarios en la importación de bienes originarios de esas regiones.
El esquema para los TLC´s no es igual que para los Acuerdos ALADI, en los primeros se aplica una preferencia arancelaria pactada, mientras que en los segundos es porcentual (reducción porcentual de los gravámenes aplicables a las importaciones de terceras naciones –tasa general–).
La diferencia puede ser considerable, pues en los tratados los bienes originarios pueden estar prácticamente exentos de aranceles. Sin embargo, los Acuerdos ALADI no dejan de ser una opción para beneficiarse en las operaciones comerciales, esto es, al poder abastecerse de insumos, productos básicos y manufacturados con aranceles más atractivos.
Ante la importancia del tema, es que se presentan los aspectos generales que rigen dicha Asociación, los Acuerdos que México tiene suscritos con la misma y finalmente, algunos lineamientos para obtener la preferencia arancelaria porcentual, lo que dará mayor conocimiento del abanico de posibilidades arancelarias que tienen los importadores.
Generalidades
La ALADI es un organismo de integración económica intergubernamental de América Latina, creado el 12 de agosto de 1980 por el Tratado de Montevideo (sustituyó a la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio –ALALC–, fundada mediante la firma del Tratado de Montevideo de 1960).
Miembros
Los países originarios del Tratado de Montevideo y signatarios de la ALADI son: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Cuba, Ecuador, México, Panamá, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela.
La Asociación se mantiene abierta a la adhesión de cualquier nación latinoamericana, tan es así que la adhesión de Nicaragua fue aceptada, en la Decimosexta Reunión del Consejo de Ministros, Resolución 75 (XVI), llevada a cabo el 11 de agosto de 2011. Actualmente, esta nación avanza en el cumplimiento de las condiciones establecidas para constituirse en miembro de la misma.
Cabe señalar que México tiene celebrado un TLC con Chile, Perú, Uruguay, Colombia, Nicaragua y Panamá. En el caso de Venezuela y Bolivia, el tratado dejó de operar el 19 de noviembre de 2006 y 7 de junio de 2010, respectivamente, ello al haber sido denunciado por estas naciones.
Asimismo, la Asociación abre también su campo de acción hacia el resto de América Latina mediante vínculos multilaterales o acuerdos parciales con otros países y áreas de integración del continente.
Funciones
Como parte de las básicas de la ALADI están:
- promover el desarrollo económico y social de la región
- regular el comercio recíproco, mediante la reducción y eliminación gradual de las trabas al mismo
- establecer la complementación económica, y
- desarrollar acciones de cooperación económica, que coadyuven a la ampliación de los mercados
Mecanismos para la integración
La ALADI propicia la creación de un área de preferencias económicas en la región, para lograr un mercado común latinoamericano, mediante los mecanismos de:
- Preferencia Arancelaria Regional –PAR–, aplicable a productos originarios de las Partes frente a los aranceles vigentes para terceros países
- Acuerdos de Alcance Regional –AAR–, son comunes a la totalidad de los miembros, y
- Acuerdos de Alcance Parcial –AAP–, se pactan entre dos o más naciones, sin llegar al total de los miembros de la misma, y los derechos y obligaciones solo rigen entre los participantes
Materias aplicables a los AAR y AAP
Tanto los acuerdos regionales como los de alcance parcial pueden abarcar materias diversas como desgravación arancelaria y promoción del comercio; complementación económica; comercio agropecuario; cooperación financiera, tributaria, aduanera, sanitaria; preservación del medio ambiente; cooperación científica y tecnológica; promoción del turismo; normas técnicas; y muchas otras previstas al efecto.
Tratamiento preferencial
La ALADI reconoce en función de los niveles de desarrollo, las siguientes categorías de países, para la aplicación de tratamientos diferenciales en sus mecanismos:
- menor desarrollo económico relativo, Bolivia, Ecuador y Paraguay
- desarrollo intermedio, Colombia, Cuba, Chile, Perú, Venezuela y Uruguay, y
- los restantes, Argentina, Brasil y México
Los calificados como de menor desarrollo económico relativo de la región gozan de un sistema preferencial.
A Uruguay se le da un tratamiento excepcional más favorable que a los de desarrollo intermedio, el cual no implicará la totalidad de los beneficios que correspondan a los de menor desarrollo económico relativo (arts. segundo y tercero ALALC/CM/Resolución 6).
Acuerdos de preferencias arancelarias
En el ámbito comercial, los miembros de un Acuerdo otorgan sobre sus importaciones recíprocas, una reducción porcentual de los gravámenes aplicables a las mismas desde terceros países, como es la PAR.
Salvaguardias
La ALADI cuenta con un mecanismo de salvaguardias, con el cual los miembros pueden suspender, de forma transitoria y no discriminatoria, las preferencias pactadas, con el propósito de atender afectaciones graves en sus producciones nacionales (Régimen de Salvaguardias, Resolución 70 del Comité de Representantes).
Certificación de origen
Requisitos de origen
Para gozar de las preferencias arancelarias pactadas en los Acuerdos ALADI, se requiere que los productos sean originarios del país beneficiario de las concesiones para su elaboración en términos generales, para lo cual es necesario contar con el certificado de origen correspondiente (Régimen General de Origen de ALADI, Resolución 252 del Comité de Representantes).
Criterios de origen
Se considerarán mercancías originarias las:
- elaboradas íntegramente en sus territorios, cuando sea exclusivamente con materiales de cualquiera de los participantes, excepto cuando resulten de procesos que consistan en simples montajes o ensambles, embalaje, fraccionamiento en lotes, piezas, o volúmenes, selección y clasificación, marcación y composición de surtidos de mercancías u otras operaciones que no impliquen un proceso de transformación sustancial
- comprendidas en los capítulos o posiciones de la NALADI indicadas en el Anexo 1 de la Resolución, por el solo hecho de ser producidas en sus territorios.
Se estimarán como producidos los productos:
- del reino mineral, vegetal y animal (incluyendo los de la caza y la pesca), extraídos, cosechados o recolectados, nacidos en su territorio o en sus aguas territoriales, patrimoniales y zonas económicas exclusivas
- el mar extraídos fuera de sus aguas territoriales, patrimoniales y zonas económicas exclusivas, por barcos de su bandera o arrendados por empresas legalmente establecidas en su territorio, y
- resultantes de operaciones o procesos efectuados en su territorio por los que adquieran la forma final en que serán comercializados, salvo algunas excepciones
- elaboradas en sus territorios utilizando materiales de países no miembros, si resultan de un proceso de transformación realizado en alguno de los participantes que les confiera una nueva individualidad caracterizada por el hecho de quedar clasificados en la NALADI en posición diferente a la de dichos materiales
- que resulten de operaciones de ensamble o montaje, llevadas a cabo en una nación signataria, con materiales originarios de los participantes del acuerdo y de terceras naciones, cuando el valor CIF puerto de destino o CIF puerto marítimo de los materiales originarios de terceros no exceda del 50 % del valor FOB de exportación de tales mercancías
Acuerdos suscritos por México
México es miembro desde 1981 y tiene pactados entre otros los siguientes:
Acuerdos regionales
Acuerdo Regional No. 4 (PAR 4) con el que se otorgan las preferencias arancelarias porcentuales, de conformidad con los niveles de desarrollo, esto es:
Países de la ALADI |
Preferencia arancelaria porcentual otorgada por México |
Paraguay |
48 % |
Ecuador |
40 % |
Cuba |
28 % |
Argentina y Brasil |
20 % |
Acuerdos de nómina de apertura de mercados
En estos se libera de forma total la importación de un pequeño número de productos, a favor de las naciones de menor desarrollo económico relativo, sin recibir ninguna compensación. Actualmente se tienen celebrados los siguientes, a favor de:
- Ecuador, No. 2, y
- Paraguay, No. 3
AAP
A través de estos Acuerdos bilaterales las partes se otorgan y reciben preferencias arancelarias y no arancelarias para un limitado grupo de productos de varios sectores.
- Ecuador, AAP 29, y
- Panamá, AAP 14
Acuerdos de Complementación Económica (ACE)
Su objeto, entre otros, es el de promover el máximo aprovechamiento de los factores de producción y estimular la complementación económica. Hoy día están suscritos, los siguientes:
- Mercosur (Acuerdo Marco), ACE 54
- Mercosur (Sector Automotor), ACE 55
- Argentina, ACE 6
- Brasil, ACE 53, y
- Cuba, ACE 51
Preferencia aran
celaria
Antes de realizar cualquier operación es necesario identificar la fracción del producto a importar, incluso el país de origen y el de su procedencia.
Cabe aclarar que la fracción arancelaria de las mercancías es determinada por el agente aduanal, por lo tanto es importante otorgarle la información respecto de la naturaleza y composición de las mismas, a efectos de que la clasifique correctamente.
El proveedor miembro de la ALADI, podrá proporcionar previamente la información de los bienes, y requerir el certificado de origen ALADI, de ser originario de la misma, previo cumplimiento de los requisitos del Régimen General de Origen de ALADI (Resolución 252 del Comité de Representantes).
Para obtener los beneficios arancelarios pactados se necesita presentar los originales para el despacho aduanero de las mercancías.
Los certificados deben ostentar en original la firma y el sello de los organismos o autoridades autorizadas para su expedición; de no tenerlos se recomienda solicitarlos al proveedor en el extranjero, toda vez que sin estos se negará el trato arancelario preferencial por la autoridad mexicana.
Determinación del IGI
Para calcular la preferencia arancelaria porcentual, se aplica la siguiente fórmula a cada operación de importación de mercancías originarias de alguno de los países anteriores, de acuerdo con la preferencia otorgada por México:
Fórmula: (B-P) x A x .01 |
||
B |
Significa |
100 % |
P |
Preferencia porcentual otorgada por México |
|
A |
Cuota ad-valorem que conforme a la TIGIE corresponda aplicar a la mercancía de que se trate |
Si llevamos esa fórmula a un caso específico, considerando el Acuerdo Regional No. 4, se tendría lo siguiente:
Aisladores eléctricos de vidrio, fracción arancelaria 8546.10.99 |
||||
Países sin tratado |
Paraguay |
Ecuador |
Cuba |
Argentina y Brasil |
La tasa general de importación indicada en la TIGIE |
(100 - 48) (5) (.01) = (52) (5) = (260) (.01) = |
(100 - 40) (5) (.01) = (60) (5) = (300) (.01) = |
(100 - 28) (5) (.01) = (72) (5) = (360) (.01) = |
(100 - 20) (5) (.01) = (80) (5) = (400) (.01) = |
Arancel 5 % |
Arancel 2.6 % |
Arancel 3 % |
Arancel 3.6 % |
Arancel 4 % |
Como puede apreciarse los resultados del arancel a pagar varían según el Acuerdo, lo cual resulta un indicador importante para hacer una compulsa de los países ALADI.
Comentario final
Si bien los TLC´s suelen ser más atractivos por los casi nulos aranceles de importación que actualmente tienen los bienes originarios de las naciones que conforman esas regiones, las empresas deben mirar hacia otros mercados como los de la ALADI para abastecerse de insumos o mercancías, que si bien causan el IGI, este podría ser proporcionalmente menor (o exento), al que se cubriría de traerse de aquellos sin TLC (tasa general), además resultaría menos gravoso transportarlos del mismo continente que de otro.