DTA 2018

Incrementaron los montos a pagar por presentar un pedimento ante la aduana

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 .  (Foto: Redacción)

A partir del 1o. de enero de 2018 se cubren por concepto de derecho de trámite aduanero, (DTA) las cuotas y montos siguientes, según se trate:

Importaciones

 

Operación, según el artículo 49 de la

Ley Federal de Derechos

Tasa o cuota

2018

2017

Importaciones definitivas

8 al millar sobre el valor de los bienes para efectos del impuesto general de importación

Importaciones temporales de activo fijo por IMMEX o por maquinaria y equipo destinados al régimen de elaboración, transformación o reparación en recintos fiscalizados

1.76 al millar sobre el valor de los bienes

  • Importaciones temporales de mercancías para elaboración, transformación o reparación por IMMEX
  • introducción a territorio nacional de mercancías bajo el régimen de elaboración, transformación o reparación en recintos fiscalizados, inclusive retornos
  • importaciones y exportaciones exentas de los impuestos al comercio exterior
  • bienes importados o exportados temporalmente para retornar en el mismo estado
  • retorno de bienes importados o exportados definitivamente, y
  • mercancías que carezcan de valor en aduana

$316.00

$297.00

 

Exportaciones

Cuota general

$317.00

$297.00

Exentas del impuesto general de exportación

316.00

297.00

Temporales

316.00

297.00

 

Otras operaciones

Efectuadas por los Estados extranjeros

$310.00

$291.00

Tránsito interno

316.00

297.00

Extracción del régimen de depósito fiscal para retorno

316.00

297.00

Parte II de los pedimentos de importación, exportación o tránsito

316.00

297.00

Rectificación de pedimentos

305.00

286.00

Tránsito internacional

300.00

282.00

Oro

8 al millar sobre el valor del metal para el IGI, sin exceder de:

$3,351.00

$3,143.00

Estas cantidades están actualizadas y se publicaron en el Anexo 19 de la RMISC 2018 en el DOF del 22 de diciembre de 2017.