Cumplir con deberes mantiene activo el padrón de importadores
Los importadores deben estar bien con el fisco, ya que ello evita que la autoridad les suspenda el padrón
Comercio Exterior
Para introducir mercancías al país es necesario que los contribuyentes se encuentren al corriente de sus obligaciones fiscales, de ello dependerá que se les otorgue el padrón de importadores.
Así es, las personas físicas y morales interesadas en obtener la inscripción en dicho padrón deben estar inscritas y activas en el RFC; contar con la e.firma vigente, y el domicilio fiscal localizable –o en proceso de verificación–; tener actualizado el correo electrónico para el Buzón Tributario; y acatar sus deberes tributarios.
Para corroborar esto último, es indispensable presentar la constancia del cumplimiento de las obligaciones fiscales, prevista en el artículo 32-D del CFF, con la que se acredita que no se tienen créditos firmes o no pagados o garantizados por las infracciones cometidas; y que se presentaron las declaraciones anual, de pagos provisionales o definitivos, e informativa de operaciones con terceros.
Estar bien ante el fisco no solo es necesario para darse de alta en el padrón, sino para mantenerlo vigente, ya que la autoridad lo suspenderá si detecta irregularidades en esos aspectos.
Además de lo anterior, también se suspende el padrón a los importadores que no llevan la contabilidad, registros e inventarios (art. 59, fracc. IV, Ley Aduanera, 84, Reglamento de la LA y reglas 1.3.2. y 1.3.3. Reglas Generales de Comercio Exterior 2018).