Asistencia mutua aduanera entre México y Japón

Ambos países podrán compartir información para prevenir, investigar y reprimir cualquier infracción aduanera

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 .  (Foto: iStock)

La Secretaría de Relaciones Exteriores publicó en el DOF del 27 de julio de 2018 el Decreto Promulgatorio del “Acuerdo entre los gobiernos de México y Japón sobre Asistencia Mutua y Cooperación en Asuntos Aduaneros”, el cual fue aprobado por la Cámara de Senadores, el 4 de abril de 2018, según el decreto publicado en el DOF del 15 de mayo del propio año.

Al amparo de este instrumento internacional, ambas naciones tendrán mayor coordinación para el combate y la detección de prácticas ilícitas en el comercio internacional como la subvaluación y contrabando; para ello se proporcionarán asistencia para la correcta aplicación de sus legislaciones aduaneras para prevenir, investigar y evitar las infracciones en esta materia.

Como parte de las acciones, sus autoridades aduaneras podrán intercambiar información y documentación –suministrada en las operaciones de comercio exterior–, para corroborar su autenticidad, esto ayudará a conocer si las mercancías objeto de intercambio comercial entre ellas fueron legalmente importadas o exportadas a sus territorios, según se trate.

Por otra parte, también ejercerán vigilancia –previa solicitud y dentro de los límites de su competencia y de los recursos disponibles–, incluso se proporcionarán información de las personas, las mercancías, los medios de transporte o los lugares que contengan inventarios, respecto de los cuales existan bases razonables para creer que están o han estado involucradas en una infracción aduanera en sus naciones.

Las solicitudes de asistencia se presentarán por escrito en idioma inglés, acompañando cualquier información que se considere útil para su ejecución. Cuando las circunstancias así lo requieran, las solicitudes podrán ser formuladas y aceptadas verbalmente, debiendo ser confirmadas por escrito a la brevedad.