Depósito referenciado hasta 2019
Las instituciones bancarias tendrán más tiempo para actualizar sus sistemas para recibir satisfactoriamente el pago de contribuciones al comercio exterior
Comercio Exterior
El SAT difirió hasta el 31 de marzo de 2019 la entrada en vigor del depósito referenciado, a efectos de que las instituciones bancarias tengan el tiempo suficiente para actualizar sus sistemas, y llegado el momento, puedan recibir los pagos de los importadores y exportadores (información dada a conocer en su portal, el 6 de septiembre de 2018).
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El “depósito referenciado” o “línea de captura” es una forma, a través de la cual se cubren actualmente los impuestos federales, y en un futuro, también las contribuciones, aprovechamientos y sus accesorios de comercio exterior.
Lo anterior forma parte de un proyecto aduanero –implementado por el SAT, la Administración General de Aduanas y la Tesorería de la Federación–, y se instrumentará próximamente en las disposiciones de la materia.
Mientras ello sucede, los pagos de comercio exterior seguirán realizándose, según se trate:
- por ventanilla (módulos bancarios, sucursales bancarias habilitadas o autorizadas), o
- de forma electrónica, mediante el “Pago Electrónico Centralizado Aduanero –PECA–
Esto sin olvidar que existen algunas operaciones en las que se entera de diferente forma, según se trate:
- en efectivo, en importaciones definitivas de automóviles nuevos (regla 3.5.2., RGCE 2018) y usados (clave de pedimento VF), incluidos los de la franja o región fronteriza norte (clave de pedimento VU), si se trata de una sola unidad, en un plazo de 12 meses (regla 1.6.2., penúltimo y antepenúltimo párrafos, RGCE 2018), o
- tarjeta de crédito y debito, en importaciones definitivas por pasajeros internacionales, esto es, en excedentes de franquicia (regla 1.6.2., último párrafo, RGCE 2018)