NOM de funcionamiento para sillas infantiles para comer

NOM de funcionamiento para sillas infantiles para comer

En marzo de 2019 solo ingresarán al país estos productos infantiles si cumplen con la NOM-205-SCFI-2017
Las Normas Oficiales Mexicanas (NOM´s) tienen entre otras finalidades, establecer las características o especificaciones que deben reunir los productos cuando puedan constituir un riesgo para la seguridad de las personas o dañar la salud (art. 40, fracc. III, Ley Federal sobre Metrología y Normalización).
Es decir, con su implementación se trata de proteger al consumidor final, como pueden ser los infantes –sector sensible de la población–, a quien se dirigen muchos de los productos de procedencia nacional o extranjera.
Es por ello, que la Secretaría de Economía ha decidido instituir una nueva NOM para las sillas altas para los infantes de hasta tres años de edad; siempre que sean para propósitos de alimentación, y la altura del asiento sea mayor que 381 mm por encima del piso.
Se trata de la NOM-205-SCFI-2017 publicada el 4 de septiembre de 2018, que prevé las especificaciones de seguridad y los métodos de prueba que deben cumplir dichas sillas, para su elaboración y comercialización dentro del territorio nacional, la cual estará vigente a partir del 3 de marzo de 2019.
Esta NOM no será aplicable a las que pueden convertirse en sillas bajas (altura del asiento menor que 381 mm por encima del piso) y mesas para uso en andaderas, carriolas, columpios, sillas para automóvil o sillas bajas reclinables.