Retorno IMMEX, ¿a partir de cuando comienza?

Retorno IMMEX, ¿a partir de cuando comienza?

Se debe identificar el momento en que se computa el plazo de estadía de los bienes importados temporalmente
Los envases y empaques importados temporalmente por las empresas IMMEX deben retornarse al extranjero dentro del plazo de permanencia previstos en la Ley Aduanera y el Decreto IMMEX.
Estos bienes pueden permanecer en el país hasta por 18 meses; de excederse de este lapso, estarían ilegalmente en el país.
Se debe considerar que el cómputo de ese término inicia una vez que se activa el mecanismo de selección automatizado y se cumplen los requisitos y las formalidades del despacho aduanero.
Tratándose de las operaciones con pedimento consolidado, este es a partir de la fecha del cierre de este ante el Sistema Electrónico Aduanero.
Ello está sustentado en los artículos 108 de la Ley Aduanera y 173 de su Reglamento; y 4o. del Decreto IMMEX.