Para obtener el permiso previo de importación de hidrocarburos y petrolíferos, se tendrán que cumplir mayores requisitos.
A partir del 23 de febrero de este año, los solicitantes deberán aportar mayores elementos para acreditar a la Secretaría de Energía que efectivamente están realizando actividades propias de un negocio –almacenamiento (incluso para uso propio), distribución o de expendio en donde se recibirán–.
Las nuevas observancias versan sobre dar a conocer información de:
- medios de transporte de la mercancía, y ubicación física de las instalaciones o equipos de almacenamiento (incluyendo almacenamiento para uso propio, distribución o de expendio en donde se recibirán)
- personas con permiso de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) para efectuar dichas actividades; en almacenamiento para usos propios solo los relativos al propietario de las instalaciones
- proveedores extranjeros
- clientes principales
- contratos (suministro, transporte y distribución, y celebrados con laboratorios acreditados por la CRE, en petrolíferos)
No están obligados a acatar esas formalidades quienes hayan gestionado los permisos previos de importación antes del 23 de febrero de este año, para ellos el trámite continuará hasta su conclusión conforme a las disposiciones aplicables al momento de la presentación de la solicitud. Los permisos emitidos antes de esa fecha serán válidos hasta que concluya su vigencia.
Ello se dio a conocer en el “Acuerdo que modifica al diverso por el que se establece la clasificación y codificación de hidrocarburos y petrolíferos cuya importación y exportación está sujeta a permiso previo por parte de la Secretaría de Energía”, del 22 de febrero de 2019, y en vigor al día siguiente.