Actualmente la carne de cerdo, fresca, refrigerada y congelada puede ingresar al país con arancel-cupo exento cuando el importador cuente con el certificado de cupo expedido por la Secretaría de Economía (SE), ello como una medida para mantener el suministro de ese producto en el país y estabilidad de los precios en el mercado nacional, en pro de los consumidores.
LEE: NUEVO CUPO PARA CARNE DE CERDO
Tómese en cuenta que los cupos que publicados por dicha dependencia son los siguientes:
Fracción arancelaria
|
Descripción
|
Monto y periodo de 2019
|
0203.12.01
|
Piernas, paletas, y sus trozos, sin deshuesar
|
|
0203.19.99
|
Las demás
|
|
0203.22.01
|
Piernas, paletas, y sus trozos, sin deshuesar
|
|
0203.29.99
|
Las demás
|
El cupo se asigna bajo el mecanismo de asignación directa en su modalidad de "Primero en tiempo, primero en derecho", a las personas morales de la industria procesadora de carne de cerdo establecidas en México.
Los interesados deben exhibir ante la Oficialía de partes de la Dirección General de Comercio Exterior de la SE:
- primero la solicitud de asignación de cupo, cuyo oficio de asignación es emitido al día hábil siguiente a su presentación, y
- segundo, una vez obtenido ese oficio, la solicitud de certificado de cupo, el certificado es expedido por la SE a más tardar dos días hábiles siguientes a la fecha del ingreso de la solicitud