En materia de prácticas desleales al comercio internacional la Secretaría de Economía (SE) publicó el 1o. de julio de 2019 las resoluciones de diversas mercancías, por las cuales se pagarán cuotas compensatorias por su introducción a territorio nacional, en los siguientes términos:
LEE: MÉXICO LE GANA A CHINA COMO SOCIO COMERCIAL DE EU
Mercancía investigada
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Fracción arancelaria
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País de origen
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Cuota compensatoria
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Periodos fijados
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Resolución final de la investigación antidumping
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5503.20.01 y 5503.20.99
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China
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0.46 dólares por kilogramo
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No aplica
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Resolución de inicio del examen de vigencia de la cuota compensatoria
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2922.19.28
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India
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56.85 %, mientras dura el procedimiento
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· Examen: 1o. de abril de 2018 al 31 de marzo de 2019, y
· análisis 1o. de abril de 2014 al 31 de marzo de 2019
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2835.39.02
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China
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25.35 %, durante el procedimiento
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Estas cuotas compensatorias aplicarán a las mercancías indicadas, independientemente de que ingresen al país por cualquier otra fracción arancelaria a la señalada, o país de procedencia.
Las cuotas compensatorias se determinarán sobre el valor en aduana de las mercancías.