Conexiones de acero se mantienen con cuota compensatoria

En tanto se tramita el procedimiento de examen de vigencia seguirá pagándose la cuota compensatoria

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 .  (Foto: iStock)

En materia de prácticas desleales al comercio internacional, la Secretaría de Economía (SE) publicó el 11 de septiembre de 2018, el “aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias”, a través del cual comunicó a los productores nacionales y a cualquier otra persona que tenga interés jurídico que estaban por expirar las cuotas compensatorias definitivas, de los siguientes bienes originarios de China:

  • tubería de acero sin costura
  • vajillas y piezas sueltas de vajillas de cerámica
  • atomizadores de plástico
  • cobertores de fibras sintéticas de tejido tipo raschel
  • lápices; hexametafosfato de sodio
  • malla o tela galvanizada de alambre de acero al carbón, en forma de cuadrícula
  • placa de acero en hoja
  • clavos de acero para concreto
  • licuadoras de uso doméstico o comercial
  • cables de acero, y
  • conexiones de acero al carbón para soldar a tope

Ello sucedería, es decir, se eliminarían las cuotas compensatorias a partir de la fecha de vencimiento –señalada en el mismo– para cada uno, salvo que un productor nacional manifestara por escrito su interés en que se iniciara un procedimiento de examen.

Respecto a las conexiones de acero al carbón para soldar a tope originarias de China, precisamente el 24 de junio de este año una empresa acerera externó su interés en que dicha dependencia iniciara el examen de vigencia de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de este producto, proponiendo como periodo de examen el comprendido del 1o. de julio de 2018 al 30 de junio de 2019.

Previo al vencimiento de la cuota compensatoria –5 de agosto de 2019– la SE difundió el 17 de julio “la Resolución por la que se declara el inicio del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de conexiones de acero al carbón para soldar a tope a las citadas conexiones de acero”, en la que fijó como periodos de examen y de análisis los comprendidos del 1o. de julio de 2018 al 30 de junio de 2019, y del 1o. de julio de 2014 al 30 de junio de 2019.

Tómese en cuenta que mientras se tramita el procedimiento de examen de vigencia continuará pagándose la cuota compensatoria definitiva de 1.05 dólares por kilogramo.