Lo que cambiaría para empresas IMMEX con modalidad de albergue

Conoce en qué consiste esta modalidad y los requisitos que se pretenden adicionar, según la propuesta de reforma fiscal 2020

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 .  (Foto: iStock)

En la legislación actual de la LISR contempla un régimen específico para residentes en el extranjero que operan a través de una empresa con programa IMMEX bajo la modalidad de albergue, la cual ofrece servicios de administración de personal, contabilidad, mantenimiento, trámites aduanales, transporte, logística y pago de impuestos, entre otros.

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Con ello se permite al residente en el extranjero enfocarse exclusivamente a los procesos productivos de maquila, mientras que el residente en México con el programa de albergue le presta eficientemente todos los servicios que requiere.

Dentro de este régimen fiscal se permite a los residentes en el extranjero no generar un establecimiento permanente en el país por las actividades de maquila que desarrollan dentro del albergue.

En el 2014 se estableció en la LISR que este tratamiento tendría únicamente una aplicación de cuatro años, de tal forma que una vez concluido dicho periodo, deberían constituir un establecimiento permanente en México y pagar los impuestos correspondientes; no obstante en 2016, a través de regla administrativa, se otorgaron cuatro años adicionales para que los residentes en el extranjero continuaran operando al amparo de la maquiladora de albergue, siempre y cuando cubrieran el impuesto conforme a lo estipulado en el artículo 182 de la citada ley y cumplieran con sus obligaciones fiscales.

Ahora, en el paquete económico 2020, que está pendiente de análisis y aprobación en el Congreso de la Unión, se propone reformar el precepto 183 de la LISR para permitir que los residentes en el extranjero operen de conformidad con el régimen de albergue sin la necesidad de estar sujetos a un plazo máximo de su aplicación, siempre que paguen el ISR y cumplan con sus deberes tributarios, a través de la empresa que les presta los servicios propios de una maquiladora de albergue.

Asimismo, se propone adicionar el numeral 183-Bis, para detallar los requisitos que deben cumplir las empresas con Programa IMMEX bajo la modalidad de albergue, los cuales consisten principalmente en que:

  • se identifiquen las operaciones que corresponden a los residentes en el extranjero y se determine la utilidad de las mismas
  • se mantenga a disposición de la autoridad fiscal, la documentación de las empresas residentes en el extranjero
  • adquieran la responsabilidad solidaria en el cálculo y entero del impuesto determinado por cuenta del residente en el extranjero, en términos del artículo 26, fracción VIII del CFF

De lo anterior, se infiere que el objetivo es atraer inversión y lograr un control con las medidas propuestas y prevenir posibles prácticas elusivas.