Clavos de acero chinos con cuota compensatoria

Con las pruebas aportadas la SE determinará si suprime o no la cuota compensatoria

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 .  (Foto: iStock)


La Secretaría de Economía (SE) publicó el 11 de septiembre de 2018 el “Aviso  sobre la vigencia de cuotas compensatorias”, en el que comunicó a los productores nacionales y demás interesados, cuales eran las mercancías de procedencia extranjera cuyas cuotas compensatorias definitivas estaban próximas a expirar.

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Esa dependencia, a través del aviso, convocó a esas personas a expresar su interés en que iniciara un procedimiento de examen para determinar las consecuencias de la supresión de la cuota compensatoria; debiendo proponer un periodo de examen de seis meses a un año comprendido en el tiempo de vigencia de la cuota compensatoria; la manifestación debía presentarse a más tardar 25 días hábiles antes del término de la vigencia que correspondiera, en la oficialía de partes de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales.

Tómese en cuenta que uno de los productos relacionados en el aviso fueron los clavos de acero para concreto originarios de China, y por ellos se seguirá pagando la cuota compensatoria de 0.54 dólares por kilogramo, pues no quedará eliminada como se tenía programado para el  30 de noviembre de 2019; esto debido a que dos productores del producto manifestaron en tiempo y forma su interés en que se iniciará el examen de vigencia de la cuota compensatoria definitiva impuesta a esas importaciones.

La resolución de inicio del examen de vigencia de esa cuota compensatoria se difundió el 19 de noviembre de 2019, y en esta se prevé que esa cuota continuará vigente mientras se tramita este procedimiento; y para ello se fijaron como periodos de examen y de análisis los comprendidos del 1o. de julio de 2018 al 30 de junio de 2019; y del 1o. de julio de 2014 al 30 de junio de 2019, respectivamente.

Los interesados en el resultado del procedimiento contarán con un plazo de 28 días hábiles –posteriores al 20 de noviembre de 2019– para responder un formulario oficial y aportar las pruebas que permitan a la SE definir si de suprimirse esa cuota se repetiría o continuaría la discriminación de precios, en consecuencia, el daño a la industria nacional.