Como se recordará el 6 de noviembre de 2019, se publicó el "Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación –TIGIE–.
A través de este instrumento se crearon, modificaron y suprimieron diversas fracciones arancelarias que clasifican pescados, crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos y sus preparaciones –del capítulo 16–, ajustes en vigor a partir del 4 de febrero de 2020.
Conforme al Anexo 2.4.1, “Acuerdo de NOM´s” dichas mercancías están sujetas a Normas Oficiales Mexicanas a su ingreso o salida del país, pero existe un problema, las fracciones arancelarias que las ubica en este Anexo son aquellas en las que se encontraban antes de la reforma a la TIGIE.
Ante ello, la Secretaría de Economía decidió reformar el “Acuerdo por el que emite Reglas y Criterios de Carácter General en Materia de Comercio Exterior” para actualizar el citado Acuerdo de NOM´s con las fracciones arancelarias de la TIGIE.
El acuerdo de reforma a las reglas y criterios de la SE se publicó en el DOF del 31 de enero de 2020.