Utensilios de cocina con antiadherente ya tienen NOM

Se garantizará que los productos extranjeros y nacionales comercializados en el país cumplan con los niveles de seguridad requeridos

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 .  (Foto: iStock)

Para garantizar la salud de los consumidores, la Secretaría de Economía (SE) estableció las especificaciones mínimas de seguridad y métodos de prueba de los utensilios de cocina con recubrimiento antiadherente destinados a la preparación de alimentos (cocinar, freír y calentar) que se comercialicen en territorio nacional.

De ahí que la NOM-225-SCFI-2019, publicada en el DOF del 11 de marzo de 2020, sea la disposición general que deberán observar de manera obligatoria todos los fabricantes e importadores, a partir del 28 de agosto del presente año.

La necesidad de regular los utensilios de cocina recubiertos con antiadherente –a través de la citada NOM– es porque hoy día solo se cuenta con la NMX-W-152-SCFI-2005, la cual es inadvertida porque no es de carácter obligatorio.

Ello es así, debido a que las normas mexicanas (NMX) son regulaciones técnicas (especificaciones de calidad sobre procesos, productos, servicios, métodos de prueba, competencias, etc.) expedidas por la SE, cuya aplicación es voluntaria, salvo que la observancia sea referida en forma explicita en una NOM.