SE facilita la importación de bienes sujetos a NOM de seguridad

Despacho puede solicitarse con las solicitudes de pruebas o de calibración ingresadas a los laboratorios

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 .  (Foto: iStock)

Ante la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19, los importadores de bienes sujetos a NOM de seguridad del producto no se verán afectados por los procesos de pruebas o de calibración para la certificación de cumplimiento de NOM.

Así es, para no detener la importación de esos bienes la Secretaría de Economía (SE) está permitiendo llevar a cabo el despacho aduanero de estos, con las solicitudes de pruebas o de calibración que hayan ingresado desde el 27 de marzo de 2020, a los Laboratorios de Pruebas (LP) y Laboratorios de Acreditación (LC) acreditados y aprobados; y posteriormente continuar con el servicio de certificación correspondiente.

Para ello, es necesario que los laboratorios transmitan la información de esas solicitudes al Sistema Normas-Aduanas –localizado en Internet: www.normas-aduanas.gob.mx–.

Dicha facilidad y procedimiento lo dio a conocer la SE en el oficio 414.2020.963.