Abril es el mes para presentar el reporte anual de las operaciones de comercio exterior de las empresas con Programa de Promoción Sectorial (Prosec).
Así es, las personas morales que tengan autorizado un Prosec deben exhibir ante la Secretaría de Economía (SE) el “Reporte anual de operaciones de comercio exterior”, del ejercicio 2019, esto a más tardar el 30 de abril de 2020.
La declaración se presenta en la Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicana –VUCEM) en www.ventanillaunica.gob.mx– en el formato único (SE-FO-03-027).
A quienes omitan el reporte les será suspendido temporalmente la vigencia del programa, y por tanto, no podrán seguir importando las mercancías Prosec con un arancel menor a la tasa general.
La información que se da a conocer a la SE es la relativa a:
- ventas, importaciones y exportaciones, y
- bienes producidos por producto (unidad de medida, sector, fracción arancelaria y volumen total de los bienes producidos destinados a mercado nacional y exportación)
Ello está sustentado en el artículo 8o. del Decreto Prosec y el formato único (SE-FO-03-027).