Requerimiento de información durante la pandemia

Desafortunadamente las autoridades fiscales y aduaneras no han detenido sus facultades de comprobación durante la emergencia sanitaria

Somos una empresa comercializadora de artículos y equipos de la salud y contamos con los registros y autorizaciones respectivos de la Cofepris; sin embargo, en plena pandemia por el Covid-19 la Administración Desconcentrada de Auditoría de Comercio Exterior (ADACE) nos está requiriendo información de las importaciones realizadas durante los últimos cuatro años, misma que estimamos excesiva, y no podríamos entregarla en el plazo que nos otorgan, toda vez que el personal encargado de la contabilidad y archivos es de los considerados de alta vulnerabilidad al virus, y la empresa tomó la decisión de enviarlos a su casa, y no hay forma de que los demás que están laborando apoyen en su compilación para atender el requerimiento de la autoridad. Habría alguna facilidad que por estar en esas condiciones se exima de exhibir dicha información ante este evento


Desafortunadamente las autoridades fiscales y aduaneras no han detenido sus facultades de comprobación durante la emergencia sanitaria ni han emitido facilidades para eximir del cumplimiento de requerimientos de información en materia de comercio exterior como la que señala, ni en ninguna otra situación similar a esta.

Ante ello, y máxime que se trata de una empresa que realiza una actividad esencial, como contribuyente deberá atender los requerimientos en los términos apuntados por la ADACE.

Sin embargo, lo que podría hacer es solicitar una prórroga, antes de que venza el plazo otorgado para cumplir con tal requerimiento, esto conforme al artículo 53 del CFF, sustentando la demora de la obtención de la documentación en los hechos de que el personal ya sea que por enfermedad o por tratarse de la tercera edad, según el caso, no se encuentran físicamente en el domicilio de la empresa lo que retardará su obtención.

Ello deberá acreditarse con la documentación que respalde dicha vulnerabilidad; por ejemplo, los que respalden la enfermedad del trabajador o edad que tienen estos.

Debe tomarse en cuenta que la prórroga es a discreción de la autoridad.