Conserve sus certificados de origen TLCAN

Certificados en papel ya no operarán a partir del 1o. de julio, pero aun así debe conservarse los emitidos

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 .  (Foto: iStock)

El 1o. de julio de 2020 dejará de operar el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), y en su lugar entrará en vigor el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC); pero mientras ello sucede, los productores o exportadores siguen expidiendo los certificados de origen de las mercancías originarias de la región –en papel, y sin validación oficial de una autoridad competente–, a los importadores para que puedan gozar de las preferencias arancelarias que otorga este tratado.

Los contribuyentes nacionales que llenen un certificado de origen que ampare un bien que se exporte a EUA o Canadá bajo trato arancelario preferencial, deberán conservar todos los registros relativos al origen del bien, en los términos del CFF, inclusive los referentes a la:

  • adquisición; los costos; el valor y el pago del bien exportado y de todos los materiales, incluso los indirectos, utilizados en la producción del bien exportado, y
  • producción del bien en la forma en que se exporte

Por su parte, quienes importen bienes originarios bajo trato arancelario preferencial, deberán conservar el certificado de origen y demás documentación relativa a la importación.

Ello está sustentado en el artículo 505 del TLCAN y regla 35 de su Resolución en Materia Aduanera.