El Registro en el Esquema de Certificación de Empresas busca promover la competitividad y facilitación de las operaciones de comercio exterior, y opera a través de las siguientes modalidades:
- IVA e IESPS, rubros: A AA, y AAA
- Comercializadora e Importadora (Com/Imp)
- Operador Económico Autorizado (OEA), rubros:
- importador y/o exportador
- controladora
- aeronaves (elaboración, transformación, ensamble, reparación, mantenimiento y remanufactura de aeronaves, así como de sus partes y componentes)
- SECIIT (Sistema Electrónico de Control de Inventarios de las mercancías temporales)textil
- régimen de recinto fiscalizado estratégico (RFE), y
- tercerización logística
- Socio Comercial Certificado (SCA), rubros:
- auto transportista terrestre
- agente aduanal
- transporte ferroviario
- parque industrial
- recinto fiscalizado
- mensajería y paquetería, y
- almacén general de depósito
Este esquema, desde su creación, otorga una serie de facilidades que van desde servicios de despacho de mercancías en horarios extraordinarios, y por carriles exclusivos; simplificación de trámites aduaneros; transferencias de mercancías (operaciones virtuales de exportación/retorno e importación temporal); cambios de régimen (temporal a definitivo); entrega de mercancía importada temporalmente a un residente en territorio nacional (previa gestión del pedimento de retorno e importación definitiva); regularización de mercancías (vía importación definitiva); hasta la devolución del IVA a la exportación en un plazo menor en saldos a favor en sus declaraciones, etc. (arts. 100-A, Ley Aduanera, 28-A, LIVA y 15-A, LIESPS; y Título 7, Capítulo 7.1 de las Reglas Generales de Comercio Exterior –RGCE– 2020).
Al respecto, las RGCE 2020 y su Primera resolución de modificaciones (DOF del 30 de junio y 24 de julio de 2020, respectivamente), trajeron cambios importantes para las empresas con dicho registro tal como pudo apreciarse en el IDC 469 publicado recientemente, pero de ello hay algo que llamó la atención entre nuestros suscriptores, de toda la reestructura ¿cómo quedaron los beneficios, según las modalidades autorizadas?, por ello, se hace un comparativo; no sin antes aclarar, que algunos se otorgan de manera general de acuerdo con la modalidad, y otros específicos en relación con el rubro de que se trate.
Esquema de Certificación de Empresas
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Modalidad
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Beneficios y facilidades
otorgadas
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IVA/
IESPS
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Com/
Imp
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OEA
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SCA
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No transmitir a la autoridad aduanera, ni entregar en documento digital la información y documentación señalada en la "Manifestación de Valor" (reglas 1.5.1. y 7.3.3., fracc. XXIV)
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X |
X |
√ |
√ |
Ampliación del plazo para cumplir con un requerimiento (proporcionar información o documentación, u acreditar la observancia de obligaciones) de la autoridad –hasta por un término de 10 días adicionales, y por una ocasión– (regla 7.1.11.)
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√ |
√ |
√
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√ |
Obtener un crédito fiscal consistente en una cantidad equivalente al 100 % del IVA e IESPS que deba pagarse por la importación en operaciones –IMMEX; depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos; de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado; y de recinto fiscalizado estratégico (RFE)– (reglas 7.1.4., rubros B, C, D, E, F y G, y 7.3.1., fracc. I)
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√ |
X |
√2
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X
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IMMEX:
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√ |
X |
√1
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√ |
Subsanar o desvirtuar las causales de suspensión en los padrones de importadores –general o sectorial– y de exportadores sectorial descubiertas por la autoridad, sin que les sean suspendidos, ya sea el padrón o el registro, según se trate, pudiendo seguir el procedimiento relativo para ofrecer las pruebas y alegatos que a su derecho convengan (Reglas 7.3.2. y 7.3.3., fracc. XXIII)
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X |
√ |
√ |
X |
Efectuar el despacho de importación de mercancías susceptibles de ser identificadas individualmente, sin anotar en el pedimento; documento equivalente, de embarque o transporte; aviso consolidado; acuse de valor, o relación anexa, los números de serie, parte, marca y modelo (regla 7.3.3., fraccs. I y XXVI)
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X |
X |
√3
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X |
Rectificar pedimentos dentro de los tres primeros meses, sin requerir autorización, cuando se trate de pagos indebidos; cambios de régimen; y datos de identificación de vehículos, que cuenten con NIV y se clasifiquen en las subpartidas 8703.21, 8703.22, 8703.23, 8703.24, 8703.31, 8703.32, 8703.33, 8703.90, 8704.21, 8704.22, 8704.23, 8704.31 y 8704.32 (regla 7.3.3., fracc. II)
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X |
X |
√ |
X
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Regularizar las mercancías excedentes o no declaradas detectadas con motivo del reconocimiento aduanero o del ejercicio de facultades de comprobación, tramitando un pedimento de:
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X |
X |
√4
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X |
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X |
X |
√ |
X |
Efectuar el despacho aduanero de mercancías para su:
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X |
X |
√ |
X |
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X |
X |
√ |
X |
Optar por determinar las contribuciones, en su caso:
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X |
X |
√ |
X |
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X |
X |
√ |
X |
Tramitar un solo pedimento:
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X |
X |
√ |
X |
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X |
X |
√ |
X |
Obtener el registro para la toma de muestras de mercancías con vigencia de dos años, renovable por un periodo igual (regla 7.3.3., fracc. XI)
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X |
X |
√ |
X |
No pago de IGI por las etiquetas, folletos y manuales impresos importados temporalmente por IMMEX retornados a los EUA o Canadá –de conformidad con la regla 1.6.14.– (regla 7.3.3., fracc. XI)
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X
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X
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√ |
X
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Aplicar la tasa Prosec, siempre que se cuente con el registro, en:
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X
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X
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√ |
X
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X
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X
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√ |
X
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Transferir a empresas residentes en territorio nacional las mercancías importadas temporalmente o las resultantes del proceso de elaboración, transformación o reparación para su importación definitiva (regla 7.3.3., fracc. XIII)
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X
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X
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√ |
X
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Retornar al extranjero las mercancías no declaradas que no correspondan a los procesos productivos IMMEX, siempre que el mecanismo de selección automatizado hubiera determinado desaduanamiento libre, y antes de que la autoridad inicie sus facultades de comprobación (regla 7.3.3., fracc. XVI)
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X
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X
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√ |
X
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Tramitar el despacho de mercancías para su importación temporal bajo un programa IMMEX; o en forma definitiva, mediante el procedimiento de revisión en origen, tratándose de fabricantes de bienes del sector eléctrico, electrónico, autopartes o automotriz (regla 7.3.3., fracc. XVII)
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X
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X
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√ |
X
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Pagar cada semana o dentro de los primeros 20 días de cada mes, según la opción ejercida, los pedimentos de retorno virtual y la importación temporal, introducción a depósito fiscal o a RFE (regla 7.3.3., fracc. XVIII)
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X
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X
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√ |
X
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Enajenar partes y componentes importados temporalmente (artículo 108 de la LA), incluso las que incorporen insumos importados temporalmente, por las empresas de la industria de autopartes a las de la industria automotriz terminal, para ser integrados |
X |
X
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√ |
X
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Efectuar el tránsito interno a la importación o exportación de mercancías, con los siguientes beneficios, además de los previstos en la regla 4.6.26.:
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X |
X |
√ |
X
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Exportar temporalmente por un plazo de seis meses, prorrogables por un plazo igual, mercancía nacional o nacionalizada consistente en partes o componentes dañados o defectuosos que formen parte de equipos completos, para reparación, mantenimiento o sustitución en el extranjero (regla 7.3.3., fracc. XXI)
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X |
X
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√ |
X
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Descargar entre el 10 % o 15 % del total de la mercancía amparada en el pedimento, esto, para efectos del reconocimiento aduanero (regla 7.3.3., fracc. XXII)
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X |
X |
√ |
X
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Mantener los insumos, partes y componentes importados temporalmente por IMMEX hasta por un plazo de permanencia en territorio nacional de hasta 36 meses (regla 7.3.3., fracc. XXIV)
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X |
X |
√ |
X
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Consolidar la carga de mercancías de importación o exportación, de un mismo importador o exportador o, en su caso, diferentes contenidas en un mismo vehículo, amparadas por varios pedimentos, impresiones de avisos consolidados o avisos electrónicos de importación, tramitados hasta por tres agentes o apoderados aduanales diferentes, o representantes legales, utilizando los servicios de un transportista (regla 7.3.3., fracc. XXVII)
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X |
X |
√ |
X
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Solicitar la aplicación de un procedimiento administrativo de omisión de contribuciones (PACO) en lugar de uno en materia aduanera (PAMA) cuando en el reconocimiento aduanero la autoridad detecte alguna irregularidad en la importación temporal de mercancías IMMEX, relacionada con:
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X |
X |
√ |
X
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Tramitar el pedimento consolidado semanal o mensual; y por cada remesa, transmitir al SAAI el "Aviso electrónico de importación y de exportación", presentando las mercancías con este aviso ante el mecanismo de selección automatizado, sin anexar el CFDI o documento equivalente, esto por las IMMEX que realicen operaciones con pedimentos consolidados (regla 7.3.3., fracc. XXX)
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X |
X
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√ |
X
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Sociedades controladas titulares del IMMEX, cuyo programa hubiera sido cancelado para formar parte de una empresa IMMEX en la modalidad de controladora de empresas que mantengan en sus inventarios mercancías importadas temporalmente:
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X |
X |
√5
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X
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Empresas IMMEX bajo la modalidad de controladora de empresas:
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X |
X |
√5
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X
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Sociedades controladas que integren sus operaciones de manufactura o maquila en un IMMEX bajo la modalidad de controladora de empresas, considerar exportación de servicios la prestación del servicio de elaboración, transformación o reparación a las mercancías importadas temporalmente por la controladora de empresas, aplicando la tasa del 0 % del IVA (regla 7.3.4., fracc. III)
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X |
X |
√5
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X
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IMMEX con registro OEA, rubro Aeronaves, dedicadas a la elaboración, transformación, ensamble, reparación, mantenimiento y remanufactura de aeronaves, así como de sus partes y componentes podrán (regla 7.3.5.):
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X |
X |
√6
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X |
IMMEX con registro OEA que hayan operado los últimos dos años con autorización de empresa certificada, y cuenten con un SECIIT (regla 7.3.6.):
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X |
X
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√6
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X
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X
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X
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√ |
X
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X |
X |
√ |
X |
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X
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X
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√ |
X
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Socio Comercial Autorizado, rubro auto transportista terrestre:
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X
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X |
X
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√7 y 8
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X |
X |
X |
√7
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Socio Comercial Autorizado, rubro agente aduanal:
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X |
X
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X
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√8
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X |
X
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X |
√8
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X |
X |
X |
√8
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X |
X |
X |
√8
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X |
X |
X |
√8
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X |
X |
X |
√8
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X |
X |
X |
√8
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Ser incluidos en el listado que la AGACE publica, previa autorización de los contribuyentes, en el portal del SAT, para compartirlo con las empresas de otros rubros que requieran dichos servicios (regla 7.3.10.)
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X |
X |
X |
√9
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Renovar el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, siempre que no se encuentren sujetas al proceso de cancelación, presenten a través de la Ventanilla Digital, el "Aviso único de Renovación en el Registro del Esquema de Certificación de Empresas", dentro de los 30 días previos al vencimiento del plazo de vigencia, debiendo declarar, bajo protesta de decir verdad, que las circunstancias por las que se otorgó la autorización no han variado y que continúan cumpliendo con los requisitos inherentes a la misma (regla 7.2.3.)
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√ |
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√ |