Planta, bodega o almacén en domicilios compartidos IMMEX

Planta, bodega o almacén en domicilios compartidos IMMEX

La SE define aspectos a considerar para dar de alta un domicilio como planta, bodega o almacén IMMEX
La Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (DGFCEE) de la Secretaría de Economía emitió un “Criterio para dar de alta un domicilio como planta, bodega o almacén IMMEX”, en el cual da a conocer los lineamientos a seguir por las empresas que pretendan dar de alta domicilios como planta productiva, bodega o almacén en sus programas IMMEX, cuando se encuentren ubicadas en un mismo domicilio con otras empresas o personas con o sin IMMEX.
Para que las IMMEX puedan estar ubicadas en un mismo domicilio con otras empresas, es requisito que tengan la legal posesión del inmueble y las instalaciones estén delimitadas físicamente entre sí y sean independientes; y para evitar confusiones con ello la DGFCEE aclara en el citado criterio qué deberá entenderse por ello, esto es, por:
Por otra parte, también se prevén las formas de acreditar la legal posesión del inmueble.
El criterio está previsto en el Oficio No. 414.2020.2288, de fecha 23 de septiembre de 2020.