Dan facilidades a importadores materia de cumplimiento de
NOM
Verificación de etiquetado en domicilio, ¿es posible con padrón de importadores con antigüedad menor a dos años?
Quienes pretendan importar alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados por los que se tenga que acreditar el cumplimiento de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010, pueden llevar a cabo el etiquetado en un domicilio particular al que acudirá una unidad de verificación acreditada (conocidos como UVA) para realizar la verificación o inspección correspondiente.
Es importante señalar que, para tomar esa opción, no basta con contratar a un prestador de servicios autorizado, sino que también se deben observar los siguientes requisitos:
No obstante, las empresas, cuyo padrón no observe ese plazo mínimo, podrán tomar esa alternativa, así lo está permitiendo la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (DGFCCE) de la Secretaría de Economía, siempre que la operación se realice antes del 7 de noviembre de 2020.
En caso de que la empresa no alcance ese monto de importaciones, y quiere etiquetar la mercancía en territorito nacional, podrá hacerlo dentro de un Almacén General de Depósito acreditado y aprobado como unidad de verificación o inspección; para ello se destinará la mercancía al régimen de depósito fiscal.
Todo ello está sustentado en el artículo 6 del Acuerdo de NOM´s –incluido en el Acuerdo de Reglas y Criterios de carácter general en materia de comercio exterior de la Secretaría de Economía–; y los oficios No. 414.2020.2469 y 414.2020.2517 girados por la DGFCCE a la Administración General de Aduanas.