Prepárese, hay cuotas compensatorias que vencerán en 2021

SE podrá definir si de eliminarse la cuota compensatoria continuaría el daño a la industria nacional

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 .  (Foto: Adobe Stock)

El próximo año vencerán las cuotas compensatorias impuestas a diversos productos que ingresan a territorio nacional bajo prácticas desleales al comercio internacional, esto es, que se importan en condiciones de discriminación de precios –a un precio inferior a su valor normal–, o subvenciones –con apoyos del gobierno del país exportador–, que causan daño a una rama de la producción nacional de mercancías idénticas o similares.

Ante esa situación la Secretaría de Economía (SE) hizo del conocimiento de los productores nacionales y de cualquier otra persona que tenga interés jurídico de cuáles mercancías se trata con el objeto de que expresen su interés de que se inicie un procedimiento de examen para determinar las consecuencias de la supresión de la cuota compensatoria que corresponda, así como del compromiso de exportadores.

Los productos cuyas cuotas compensatorias vencerán en 2021 son los siguientes:

Producto

 

País de origen

Aceite epoxidado de soya

Argentina

 

Tubería de acero sin costura

China

 

Productos de presfuerzo

China, España, y Portugal

 

Tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta y helicoidal

EUA, España e India

 

Hongos del género agaricus

China

Placa de acero en rollo

Rusia

 

Alambrón de acero

China

 

Artículos para cocinar de aluminio

China

 

Ferrosilicomanganeso

India

 

Recubrimientos cerámicos para muros y pisos

China

 

Ferromanganeso alto carbón

Corea

 

Quienes estén interesados deberán presentar a dicha dependencia una propuesta de periodo de examen de seis meses a un año comprendido en el tiempo de vigencia de la misma; del análisis se podrá definir si de eliminarse la cuota relativa se repetiría o continuaría la discriminación de precios, por lo tanto, el daño a la industria nacional.

La manifestación de interés deberá exhibirse a más tardar 25 días hábiles antes del término de la vigencia que corresponda, en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales, lo cual podrá ser por este año vía electrónica, a la cuenta de correo electrónico upci@economia.gob.mx.

Ello lo dio a conocer la SE en el Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias publicado en el DOF el 13 de octubre de 2020.