Resumen arancelario 2019-2020

Se aprobaron las modificaciones a la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

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 .  (Foto: iStock)

En la Ley de Ingresos de la Federación 2021 se aprobaron las modificaciones a la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE) realizadas por el ejecutivo federal entre el 9 de septiembre de 2019 y el 7 de septiembre de 2020 (art. segundo transitorio).

Al respecto, y en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 131 de nuestra carta magna y 4o. de la Ley de Comercio Exterior, el mandatario presentó el informe sobre el uso de las facultades que en materia arancelaria ejerció durante ese periodo, las cuales se llevaron a cabo para mantener estrategias y acciones que fomenten el crecimiento de la productividad y la competitividad de los sectores del acero; las industrias textil, confección, calzado y pesquera; incluso, como asegurar la protección de la salud humana y del medio ambiente, en pro de la economía nacional.

Tomando como base ese informe, enseguida se presentan cuales fueron esos cambios, adicionados con algunos otros aspectos –referidos en las publicaciones del DOF– para su mejor identificación.

DOF

Cambios a la TIGIE y decretos

Finalidad

 

20 de septiembre

de 2019

Respecto al sector siderúrgico, se equipararon las fracciones arancelarias mexicanas del sector de acero y aluminio con las categorías que identifican estos productos en la tarifa de Estados Unidos de América (EUA), y para ello se:

  • crearon de 82 fracciones arancelarias
  • modificaron 25 fracciones arancelarias, y
  • suprimieron 21 fracciones arancelarias de la TIGIE

 

Simplificar la compatibilidad entre los flujos comerciales en el sector siderúrgico entre estos países, según el acuerdo en el que se estableció que ambos retiraran tanto el incremento de
las tasas arancelarias de la Sección 232,
impuestas por los EUA, como la medida
retaliatoria impuesta por México, estableciéndose el compromiso de monitorear el intercambio de dichas mercancías

 

20 de septiembre

de 2019

  • Modificó "temporalmente" el arancel de importación a
  • 15 % de 228 fracciones arancelarias de productos siderúrgicos (familias: placa en hoja, placa en rollo, lámina rolada en frío, laminada rolada en caliente, lámina recubierta, alambrón, tubería sin costura, tubería con costura, varilla corrugada y perfiles).

Nota: Esta modificación de arancel tuvo la misma cobertura, en cuanto a mercancías, a lo establecido en el decreto del
25 de marzo de 2019, pero el aumento en número de fracciones derivó de las creaciones, modificaciones y eliminaciones del mismo Decreto del 20 de septiembre
de 2019

  • estableció un esquema de desgravación arancelaria que concluirá en el año 2024, año en donde la mayoría de las fracciones arancelarias regresarán al arancel de Nación más Favorecida (NMF) aplicable antes de la medida, y

Establecer un entorno favorable que permita a la industria siderúrgica ajustarse al contexto económico internacional, e incentivar el mercado interno

 

  • adicionó la Nota Explicativa de Aplicación Nacional al Capítulo 72 "Fundición, hierro y acero"

Identificar al acero grado herramienta, para facilitar la clasificación arancelaria de las modificaciones implementadas

 

20 de septiembre

de 2019

Se adicionaron fracciones arancelarias:

  • 21, y eliminaron tres, al artículo 5, fracción I del Decreto por el que se establece el IGI para la región fronteriza y la franja fronteriza norte (Decreto fronterizo)
  • 17, al artículo 5, fracciones I, II inciso a) y b), III, IV, VI, VII, VIII, IX, XI, XII, XIII, XV inciso a) y XIX del Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial (Decreto Prosec), y
  • 76 a los Apartados B y D del Anexo II, se modificó la descripción de 24 y eliminaron 21 del Apartado B del Anexo II relativos a los sectores de acero y aluminio

Actualizar esos decretos con los cambios realizados a las fracciones arancelarias de la TIGIE.

En el caso del decreto IMMEX, para sujetarlas al cumplimiento de requisitos específicos para su importación temporal

 

15 de octubre

de 2019

Para el sector siderúrgico aumentó el arancel de importación a 15 % de tres fracciones arancelarias (planchón de acero
sin alear y aleado), por un periodo de 180 días naturales contados a partir del 16 de octubre de 2019.

Esos bienes siderúrgicos por los que se determinó gravar con 15 % de arancel –que se encontraban exentos del impuesto general de importación (IGI)– están identificados en las fracciones arancelarias 7207.12.01, 7207.12.99 y 7224.90.02, y son los provenientes de países con los que México no tiene suscritos tratados de libre comercio (TLC) y acuerdos comerciales

Coadyuvar en la detección y combate de prácticas ilícitas en la importación, como lo es la triangulación, alentada por el aumento de la oferta mundial del acero

 

 

28 de octubre

de 2019

Se modificó el arancel de importación para 317 fracciones arancelarias de los capítulos 61, 62, 63 y 64 de las cuales, 274 pertenecen a los sectores textil y confección y 43 al calzado

La medida resultó aplicable a partir del 29 de octubre de 2019 con aranceles a la importación de 25 % y 30 % para productos de confección y calzado provenientes de países con los que México no tiene un TLC.

A partir del 1o. de octubre de 2024, el arancel citado
será de 20 %

Continuar dando certidumbre a dichos sectores y, de esta manera, apoyar el mercado interno

 

 

6 de noviembre

de 2019

En relación con los capítulos 3 y 16, referentes a pescados, crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, se:

  • crearon 67 fracciones arancelarias
  • modificó la descripción de tres, y
  • suprimieron siete
  • de los capítulos 29 y 38 sobre plaguicidas y productos químicos de alta peligrosidad, se:
  • crearon 19 fracciones arancelarias, de las cuales 17 están prohibidas para su importación y exportación
  • modificó la descripción de tres fracciones, y
  • suprimieron 15   

La entrada en vigor de dicha modificación fue a los 90 días naturales siguientes a su publicación en el DOF, esto es, el 4 de febrero de 2020

Identificar con mayor detalle esos productos, y adoptar la correcta implementación de los compromisos negociados en el marco del Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico; así como proteger la vida humana, prevenir
daños a la salud en la población y obtener un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, en cumplimiento al marco legal nacional e internacional

 

Se modificó el Decreto fronterizo para adicionar 34 fracciones arancelarias al artículo 5, fracciones I y II y eliminar
tres del artículo 5, fracción I

Actualizar ese instrumento con los cambios que se realizaron a las fracciones arancelarias de la TIGIE

 

20 de diciembre

de 2019

En cuanto al capítulo 98 relacionado con las mercancías con un régimen especial de importación, en este caso, de maquinaria, partes o componentes para la fabricación de productos, se crearon 13 fracciones arancelarias y se modificó la descripción de cinco

Identificar la importación de mercancías consideradas como sensibles y dar certidumbre a los usuarios de los programas Prosec e IMMEX, así como monitorear la importación temporal de estas mercancías. La medida entró en vigor a los 90 días naturales posteriores al de su publicación en el DOF

Asimismo, se modificaron los Decretos:

  • IMMEX, para actualizarlo con los cambios que se realizaron a las fracciones arancelarias de la TIGIE, para ello se:
  • adicionó un Apartado G al Anexo II, en el que
  • se incluyeron 13 fracciones arancelarias, y
  • suprimió una fracción arancelaria del Apartado C,
  • del Anexo II
  • fronterizo, para ampliar su vigencia y actualizarlo con
  • las fracciones arancelarias que cuentan con un arancel NMF mayor al previsto en este decreto, esto es,
  • al artículo 5 se incluyeron fracciones arancelarias en los siguientes términos: 1,422 en la fracción I, cuyas mercancías estarán totalmente desgravadas del IGI hasta el 30 de septiembre de 2024; y 291 a la fracción II, cuyas mercancías estarán gravadas con una tasa del 5 % hasta el 30 de septiembre de 2024, y
  • se prorrogó hasta el 30 de septiembre de 2024 la aplicación de la medida señalada en la fracción III reformada, esto es, para las mercancías sujetas a cupo

Para otorgar mayor certidumbre en la aplicación del programa y mejorar el control en la importación temporal de estas mercancías.

Además, continuar fortaleciendo la competitividad de las actividades empresariales y concluir de forma progresiva y efectiva el proceso de convergencia al esquema arancelario del país

 

31 de

diciembre de 2019

Se prorrogó al 31 de diciembre de 2020 la vigencia del Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados, toda vez que las condiciones que motivaron su emisión aún se encuentran presentes

Continuar implementando estrategias que permitan mejorar el bienestar y seguridad de la población y proteger el patrimonio familiar, acción del gobierno federal

 

19 de febrero

de 2020

Fueron creadas crearon tres fracciones arancelarias relativas a dispositivos de vapeo conocidos como "cigarros electrónicos" o "vapers" y los denominados "heat-not-burn", así como soluciones y mezclas utilizadas en estos y las partes de estos.

Se trató de las fracciones arancelarias 3824.90.83, 8543.70.18 y 8543.90.03, mismas que se prohíben para su importación y exportación.

Nota: asimismo, se creó una Nota Explicativa de Aplicación Nacional para el capítulo 85 de la TIGIE que define los
"Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina
(SEAN), Sistemas Alternativos de Consumo de Nicotina (SACN), Sistemas Similares Sin Nicotina (SSSN), cigarrillos electrónicos
y dispositivos vaporizadores con usos similares"

Identificar con mayor detalle dichos productos y la correcta implementación de las medidas que se requieren para proteger la vida humana, prevenir daños a la salud en la población y obtener un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar

Al Capítulo 85 "Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos" se adicionó la Nota Explicativa de Aplicación Nacional

Otorgar mayor certidumbre jurídica en la interpretación de la nomenclatura de la Tarifa respecto a la creación de la fracción arancelaria 8543.70.18 que clasifica los sistemas citados

 

30 de junio

de 2020

Se estableció la tasa aplicable del IGI para las mercancías originarias de América del Norte, a partir del 1o. de julio de 2020

Dar a conocer las condiciones arancelarias y
los mecanismos que regirán la importación de las mercancías originarias de América del Norte a partir de la fecha de entrada en vigor del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (T-MEC)

 

3 de septiembre

de 2020

En el capítulo 87 se:

  • crearon dos fracciones arancelarias (8702.90.07 y 8703.90.03), y se modificó la descripción de tres (8703.90.01, 8703.90.02 y 8704.90.01) para identificar los vehículos automóviles eléctricos: nuevos para el transporte de 10 o más personas y los ligeros usados, respectivamente, así como modificar la descripción de las fracciones arancelarias relativas a los vehículos automóviles eléctricos ligeros nuevos, excepto los eléctricos; y los nuevos para el transporte de mercancías, y
  • modificó el arancel de importación de 15 % y 20 % a exento, de tres fracciones arancelarias (8702.90.07, 8703.90.01 y 8704.90.01) de vehículos automóviles eléctricos: nuevos para el transporte de 10 o más personas, los ligeros nuevos y los nuevos para el transporte de mercancías. La medida concluirá su vigencia el 30 de septiembre de 2024

Permitir el acceso a nuevas tecnologías limpias en materia de transporte, y facilitar el acceso para el consumo de estos productos, para con ello contribuir a que la industria nacional observe preferencias del consumidor respecto al consumo de este tipo de vehículos por un periodo de poco más de cuatro años esto bajo un esquema de importación con aranceles exentos.

Medida vigente a partir del 4 de septiembre de 2020

 

En el documento también se informó que, en el periodo comprendido del 9 de septiembre de 2019 al 7 de septiembre de 2020, la Comisión de Comercio Exterior se reunió en 11 ocasiones con el fin de desahogar 43 solicitudes recibidas por el sector público. Además de que puntualizó que actualmente, la TIGIE tiene 12,888 fracciones arancelarias.