La Secretaría de Economía (SE) cuenta con un esquema de permisos automáticos previos de exportación que le permite evitar que la exportación de acero diferente al mexicano se haga pasar como nacional, cuando no lo es; el cual aplica específicamente para los tubos estándar, tubos mecánicos y semiterminados (planchón) con destino a los Estados Unidos de América (EUA) o a países diferentes a este.
Así es, por estos bienes se debe tramitar un permiso automático previo de exportación, a través de la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (DGFCCE), adscrita a la SE, en apego a las formalidades previstas en el “Acuerdo por el que se sujeta a permiso automático previo las exportaciones de diversas mercancías de acero”, publicado en el DOF del 28 de agosto de 2020.
Cabe mencionar que esta unidad administrativa analiza la información y documentación exhibida por el solicitante para la expedición del permiso de exportación de tubería estándar y tubería mecánica, y envía la información del permiso al SAT para su validación, para llevar a cabo la exportación.
Tómese en cuenta que el permiso de exportación de acero no confiere origen, es solo una regulación no arancelaria que debe cumplirse para la salida de esta mercancía del país; en este sentido, los exportadores de mercancías que no califiquen como originarias de México, que cuenten con un permiso de exportación, deberán pagar los aranceles u otros derechos aduaneros establecidos por el país destino.
Así lo confirmó la DGFCCE en el Oficio No. Oficio No. 414.2021.640.