Certificación de origen digital en el TLC: México-Uruguay

El certificado de origen digital tendrá la misma validez que el de formato de papel

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 .  (Foto: iStock)

La Secretaría de Economía (SE) publicó el “Acuerdo por el que se da a conocer la Decisión No. 3/2020 de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental del Uruguay, adoptada el 17 de septiembre de 2020”, que entrará en vigor el 10 de abril de 2021.

La decisión versa sobre el reconocimiento de la certificación de origen digital, conforme a lo establecido en los artículos 5-02 y 17-01 de dicho tratado.

De ahí que establezca que los certificados de origen en formato digital, incluso los documentos vinculados al mismo, tendrán la misma validez jurídica que el certificado de origen en formato de papel con firma autógrafa o facsímil y sello en tinta o en imagen, siempre que sean emitidos y firmados digitalmente de conformidad con las respectivas legislaciones de las partes, por entidades y funcionarios debidamente habilitados, de acuerdo con los procedimientos y las especificaciones técnicas de la certificación de origen digital establecidos en la Resolución 386 del Comité de Representantes de la ALADI, así como con sus modificatorias y/o complementarias.

El acuerdo fue publicado en el DOF del 7 de abril de 2021.