VUCEM, ¿para gestiones en el despacho aduanero?

Plataforma para trámites de comercio exterior, y transmisión de información

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 .  (Foto: iStock)

Los contribuyentes pueden realizar en la Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicana (conocida como VUCEM o ventanilla digital– trámites de comercio exterior ante diversas dependencias y organismos reguladores, entre ellos, los relacionados con las regulaciones y restricciones no arancelarias (permisos previos, avisos automáticos, autorizaciones, cupos, etc.), exigidas para el despacho de algunas mercancías ante la aduana.

Además, en este medio se captura y transmite la información del valor de las mercancías de comercio exterior –contenidos en el CFDI o documento equivalente–, en el Comprobante de Valor Electrónico (COVE), para lo cual es necesario contar con la e.firma del contribuyente, del agente aduanal, agencia aduanal o apoderado aduanal.

La captura y transmisión del COVE es una obligación del importador o exportador; sin embargo, puede llevarse a cabo por el agente aduanal o la agencia aduanal que funja como capturista privado de la empresa, quienes se les debe proporcionar los sellos digitales “ACUSE DE VALOR” –procesos del COVE–.

Todo ello esta previsto en los artículos 36, 36-A, y 59-A, de la Ley Aduanera, y las reglas 1.1.7., 1.9.18., 1.9.19., y 3.1.17. de las Reglas Generales de Comercio Exterior 2020.

En la edición 484 de IDC Asesor Fiscal, Jurídico y Laboral, de fecha 15 de abril de 2021, podrá conocerse más sobre la VUCEM.