Guía 2021: para reporte de comercio exterior 2020

No hay pretexto para su incumplimiento, la autoridad lo lleva paso a paso para su presentación

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 .  (Foto: iStock)

Abril y mayo son los meses para presentar el reporte anual de operaciones de comercio exterior realizadas en el ejercicio inmediato anterior, obligación que deben observar las personas morales que cuenten con un programa autorizado por la Secretaría de Economía (SE), de conformidad con lo siguiente, a más tardar el último día hábil del mes de:

  • abril, Prosec
  • mayo, IMMEX, Ecex y Altex

El reporte de las operaciones de comercio exterior efectuadas en 2020 se exhibe a la SE, a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicana –VUCEM– la cual está habilitada desde el 1o. de abril de 2021 para esos efectos.

El cumplimiento en tiempo y forma de esta obligación es importante para seguir operando al amparo de estos, es por lo que, la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior de la Secretaría de Economía (SE) publicó en el portal del Sistema Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE) la “Guía de usuario para la presentación del Reporte Anual de Operaciones de Comercio Exterior (RAOCE)”.