Economía define tallas de calzado para niños, niñas o infantes

La Secretaría de Economía incluye las tallas por separado en el Acuerdo de las Notas Nacionales de la TLIGIE

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 .  (Foto: iStock)

Se recordará que la Secretaría de Economía (SE) difundió en el DOF del 26 de diciembre de 2020 el “Acuerdo por el que se dan a conocer las Notas Nacionales de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación” (Acuerdo), pues bien, ya fue modificado.

La reforma al acuerdo se publicó en el DOF del 6 de julio de 2021, y solamente afectará la Nota Nacional 4 del Capítulo 64 de la Sección XII, para definir las tallas de calzado para niños o niñas, e infantes por separado, específicamente quedarán de la siguiente manera:

calzado para niños o niñas, el de talla mexicana igual o superior a 17 (equivalente a la talla 8-1/2 de Estados Unidos de América [E.U.A.]), pero inferior a lo señalado en las notas precedentes a) y b), y

calzado para infantes, el de talla mexicana inferior a lo señalado en las notas precedentes a), b) y c)

Tómese en cuenta que las Notas Nacionales tienen la finalidad de facilitar y precisar la clasificación arancelaria dentro de la nueva tarifa arancelaria, tanto para los usuarios de comercio exterior como para las autoridades aduaneras.