Es un hecho que los contribuyentes inscritos en los padrones de importadores -ya sea “general” o de “sectores específicos”; o de exportadores sectorial- deben estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones fiscales y aduaneras, esto para seguir teniendo activos dichos padrones y, por ende, que no les sean suspendidos.
Parece que muchos contribuyentes no lo están y el SAT ya lo detectó; tan es así que publicó una lista de aquellos que fueron dados de baja en tales padrones, por incumplimiento de requisitos y por estar en los supuestos previstos en la regla 1.3.3. de las Reglas Generales de Comercio Exterior –RGCE– 2020.
El listado de los importadores y exportadores suspendidos –al 16 de julio de 2021– de los padrones, puede consultarse en el minisitio de Padrón de Importadores y Exportadores.
En ese enlace también se difundieron las listas de los contribuyentes cuyos padrones se encuentran activos (fecha de corte al 30 de junio de 2021).
Quienes estén suspendidos pueden solicitar la reincorporación al padrón de que se trate, en términos de las reglas 1.3.4. y 1.3.7., de las RGCE 2020, siempre y cuando subsanen o corrijan las omisiones o inconsistencias que motivaron la suspensión señalada.