La Secretaría de Economía (SE) declaró el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de ferrosilicomanganeso, originario de la India.
Tómese en cuenta que mientras se tramita ese procedimiento de examen, se tendrá que seguir pagando la cuota compensatoria definitiva de 40.25 % por las importaciones de esa mercancía, ya sea que ingrese al país bajo el régimen aduanero de importación definitiva o temporal, e incluso al amparo de la Regla Octava.
El producto objeto de examen es el ferrosilicomanganeso, conocido comercialmente como o silicomanganeso.
Así lo dio a conocer la SE en la “Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de ferrosilicomanganeso originarias de la República de la India, independientemente del país de procedencia”, del DOF del 5 de octubre de 2021.